Le bajarán la pena a condenado por un crimen
El STJ cambió la calificación legal y remitió la causa.Es por el asesinato del adolescente Jonathan Martínez.
CIPOLLETTI
CIPOLLETTI (AC).- El Superior Tribunal de Justicia (STJ) admitió una casación y modificó la calificación legal con la que fue condenado Diego Muñoz, que participó del homicidio de Jonathan Martínez. Por ese asesinato, que se cometió en Cipolletti en agosto de 2011 también fue juzgado un adolescente que recibió 10 años y ocho meses de cárcel. Este nuevo fallo cambia el criterio respecto del agravante de la intervención de los menores.
Jonathan Martínez fue asesinado en agosto de 2011 cuando estaba junto a un hermano en la vereda de su casa. Por ese lugar pasaron en un vehículo Diego Muñoz, quien manejaba el coche, y el menor de edad que fue quien efectuó varios disparos contra los hermanos. Uno de los tiros hirió de muerte al joven Jonathan.
Muñoz fue detenido y el menor recibió un tratamiento tutelar en una institución del gobierno pero cuando cumplió la mayoría de edad lo enviaron a la cárcel de Choele Choel. Después se fugó y al tiempo lo recapturaron. Muñoz estuvo alojado en Pomona y escapó porque es una institución de escasa seguridad. Fue arrestado nuevamente en mayo de 2013.
Diego Muñoz fue condenado a 14 años de prisión por su participación en el homicidio y el adolescente recibió 10 años y ocho meses de cárcel. La condena del menor ya fue confirmada, aunque el abogado Eves Tejeda interpuso una casación para impugnar la sentencia de Muñoz, que conducía el vehículo desde el que se produjeron los disparos. La Cámara Segunda consideró en el fallo que el imputado “prestó colaboración en el asesinato”. En su recurso, Tejeda argumentó que su cliente desconocía las intenciones homicidas del menor y dijo que tampoco sabía que llevaba un arma y mucho menos aminoró la marcha para que el chico le apuntara a Jonathan.
En la casación, la jueza Liliana Piccinini quitó el agravante de la participación del menor y remitió la causa a la Cámara Segunda para que le impongan a Muñoz una pena más leve. El mínimo podría ser de 10 años y ocho meses de prisión.
La legislación establece que cuando se comete un delito junto con un menor de edad están dadas las condiciones para aplicar el agravante de la “participación del menor”. Sin embargo, Piccinini hizo otra interpretación y argumentó que Muñoz, que en ese momento tenía 19 años, no ejerció influencias ni lo determinó al menor, que tenía 17, para que actuara de esa manera. El vocal Ricardo Apcarián votó en disidencia y como el tema no logró unanimidad no forma parte de la jurisprudencia ni de la doctrina obligatoria.
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