Limitan facturación de CTI en Río Negro

La empresa de telefonía celular no podrá facturar conceptos que no signifiquen comunicación real entre dos o más personas. Lo resolvió el juez civil Fermín Donate a partir de una denuncia del DECOVI.

 

Viedma (ADN).- El juez Fermín Donate resolvió hacer lugar a una medida cautelar que impedirá a la empresa de telefonía celular Compañía Telefónica del Interior (CTI) facturar conceptos que no signifiquen comunicación real entre dos o más personas. Así lo informó hoy la Asociación de Defensa del Consumidor (DECOVI) que recibió en el estudio de sus apoderados la cédula de notificación correspondiente.

De este modo, según explicaron los abogados, “quedan imposibilitadas de ser facturadas las alocuciones grabadas de cualquier naturaleza, como por ejemplo: cuando el usuario se encuentre fuera del área de cobertura; la persona con quien intenta comunicarse tiene su aparato celular apagado; en este momento se halla ocupada la línea por estar hablando con otra persona, y otras que no signifiquen comunicación real y sólo sean comprendidas simplemente como llamadas, las que por no considerar un verdadero servicio, cual es el de comunicarse, no podrán ser facturadas por CTI”.

En otro considerando de la medida, el juez Donate, haciendo lugar a la misma presentación original de DECOVI, ordenó suspender la habilitación compulsiva de contestadores automáticos que obliguen al usuario a manifestarse por la negativa en caso de no estar dispuesto a conservar ese servicio.

Tal lo definido por la Ley 24240 de Defensa del Consumidor en cuanto a que ningún servicio puede ser brindado y menos facturado sin el consentimiento previo del usuario, al que no se lo puede poner en la obligación de tener que solicitar el desistimiento del mismo.

“Es enorme la cantidad de usuarios de telefonía fija, y en el caso que nos ocupa, de telefonía celular, que tienen colocados de modo compulsivo contestadores automáticos, desconociendo la medida unilateral y compulsiva adoptada por las empresas, y, por tanto, reciben mensajes que nunca llegan a levantar al no saber que le han ingresado a un contestador que no solicitó le instalaran”, dijeron los representantes de DECOVI.

Por último, los integrantes del estudio jurídico que representa a DECOVI opinaron que con la resolución judicial “sentimos estar en presencia de una nueva era en la aplicación práctica de los derechos de los consumidores, orgullosos de promoverlos y difundirlos para conocimiento de usuarios y consumidores, halagados por los fallos que nuestras presentaciones están teniendo y deseosos del nuevo rumbo que estas cuestiones relacionadas con el consumo van tomando en los ámbitos judiciales”.


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