Límites para quitar la concesión

El artículo 225 del Código de Minería determina que para quitar una concesión deben transcurrir cuatro años de inactividad en la mina, por lo que, de avanzar cualquier proyecto que involucre a Vale debe suceder eso, según publicó ayer el diario Uno de Mendoza. Este límite legal “viene a explicar el cambio de estrategia por parte del Estado” que ahora “buscará que sea la propia empresa de capitales brasileños la que reactive el proyecto”, agrega la nota. “La nueva estrategia que se figuran desde el Ejecutivo es intentar a toda costa que sea la propia Vale la que reactive el proyecto y, en lo posible, llegar a un acuerdo antes del 11 de abril”, añade la nota. “Cuando la mina hubiera estado inactiva por más de cuatro años, la autoridad minera podrá exigir la presentación de un proyecto de activación o reactivación, con ajuste a la capacidad productiva de la concesión, a las características de la zona, medios de transporte disponibles, demanda de los productos y existencia de equipos de laboreo. Se considera que la mina ha estado inactiva cuando no se han efectuado en ella trabajos regulares de exploración, preparación o producción, durante el plazo señalado en el párrafo precedente. La intimación deberá ser cumplida en el plazo de 6 meses, bajo pena de caducidad de la concesión”, dice el artículo en cuestión del Código Minero.


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