Llegó a Bariloche para ver a su hijo y se lo llevó

Ahora tratan de establecer el paradero del chico, de 6 años. Una ley sanciona con hasta tres años de prisión esos actos.

SAN CARLOS DE BARILOCHE.- La justicia y la policía buscan el paradero de un chico de seis años que salió con su padre el miércoles a la tarde y no regresó al domicilio de su madre.

El juez Juan Manuel García Berro inició actuaciones por presunta infracción a la ley 24.270 con la denuncia formulada por la madre del menor y la sospecha de que el padre aprovechó el régimen de visitas para padres separados y se llevó al chico a otra ciudad.

Un oficio policial solicita la colaboración de la ciudadanía para obtener datos que permitan ubicar el paradero de Luis Moroz, de seis años, quien salió de su domicilio en el kilómetro 6 de la avenida Los Pioneros en compañía de su padre, Rubén Damián Moroz, de 40 años. El hombre es un artesano con domicilio en Buenos Aires y había llegado a Bariloche para visitar al menor, quien después de la separación quedó a cargo de su madre.

La Asesora de Menores, Marta Pereyra, evitó referirse al caso concreto del menor Moroz pero reconoció que la situación «lamentablemente no es extraordinaria». La abogada opinó que en ocasiones los padres separados «usan a sus hijos de escudo para dirimir rivalidades de pareja, y no saben el daño que le hacen al niño con esas actitudes».

En otra de sus reflexiones sobre la cuestión dijo que «con la posesión del niño quieren probar quién tiene más poder, en problemas de pareja no resueltas».

La situación no es nueva, salvo por la individualidad del niño y la probable responsabilidad del padre en la retención indebida del menor.

Desde hace más de una década Apadeshi (Asociación de padres alejados de sus hijos), comenzó a plantear ante la Justicia la necesidad de sancionar penalmente a quienes evitan el contacto de los menores con los padres no convivientes. Los que poseían la tenencia del niño, padre o madre, podían mudarse de domicilio, a veces a ciudades alejadas, informando o no del cambio al otro progenitor.

La justicia civil tomaba conocimiento de las situaciones pero sus determinaciones tardaban meses y sus requerimientos perdían efectividad. Generalmente eran los padres alejados de sus hijos los que investigaban y localizaban el paradero de los menores.

Los planteos, denuncias y proyectos de Apadeshi se cristalizaron el 26 de noviembre de 1993 con la publicación en el Boletín Oficial de la ley 24.270.

La norma sanciona con prisión de un mes a un año al «padre o tercero que, ilegalmente, impidiere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes». La pena asciende y es de seis meses a tres años si se tratare de un menor de diez años, y también está prevista para quien lo mudare de domicilio sin autorización judicial para impedir el contacto con el padre no conviviente.

La primera resolución relacionada con esta ley, en Río Negro y Bariloche, la dictó el juez Fernando Bajos a principios de 1994, al ordenar el restablecimiento del contacto entre Roberto Pérez Juez y sus dos hijas menores.

La mujer se había trasladado desde Buenos Aires a El Bolsón sin informar al padre de sus hijas y a partir de esa sentencia él, que se había establecido en Bariloche, mantiene una relación periódica y estable con las menores.

Pérez Juez aseguró a «Río Negro» que «la justicia Penal es más efectiva y desde que existe esta ley ya no se cometen tantos abusos por temor a ser sancionados con una condena».


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