Lo procesan por no pasar cuota alimentaria

Padre incumplidor en Bariloche

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El juez de Instrucción Miguel Ángel Gaimaro Pozzi dictó el procesamiento de un vecino de esta ciudad por haber incumplido durante casi tres años con los deberes de asistencia familiar y la cobertura de las necesidades de sus hijas, a lo que está obligado por ley. El magistrado advirtió al acusado que la cobertura de las necesidades de sus tres hijas menores implican vestimenta, habitación, asistencia, recreación y gastos de enfermedad, aunque vivan con su madre. Las actuaciones se iniciaron el pasado 15 de abril con la denuncia penal formulada por la madre de las menores ante la UFAP (Unidad Fiscal de Atención Primaria), donde sostuvo que de junio de 2008 el padre de sus hijas no aportaba la cuota alimentaria correspondiente, y adjuntó las partidas de nacimiento que acreditan el vínculo. Al ejercer su defensa el imputado expuso las diversas circunstancias que le impidieron cumplir con su obligación alimentaria, y en su descargo manifestó que en varias oportunidades había entregado mercaderías para las niñas. En su fallo, Gaimaro Pozzi sentenció que “la obligación alimentaria se encuentra inserta en el propio deber insoslayable inherente a todo padre de familia, independientemente del camino que los cónyuges hubieran elegido para sus respectivas vidas maritales, deber que por otra parte, rescata la Ley para transformarlo en obligación y sancionar su incumplimiento”. Agregó que “la cuota alimentaria, es en cuanto a su incumplimiento, una prueba más de cargo, que lleva a concluir el dolo en el accionar del encartado, advirtiéndose en forma clara su voluntad de no cumplir con las obligaciones alimentarias, respecto de sus hijos menores”. En otros párrafos el magistrado fundó su decisión y cuestionó “el progresivo descompromiso” del procesado con sus hijas, “quienes se hallan notoriamente afectadas por la distancia material y afectiva interpuesta por su padre”.


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