Los ejes del fallo

El juez Griesa, con su fallo, cumplió con el mandato del Tribunal de Apelaciones de su distrito de fijar un mecanismo de pago para que la sentencia contraria a la Argentina se torne de “cumplimiento efectivo”. Lo primero que hizo el magistrado fue dejar sin efecto la medida de “no innovar” que, vigente, protegía al país hasta llegar a un fallo de fondo. Luego, ordenó pagarles a los holdouts (quienes no entraron a los canjes) antes del 15 de diciembre, el 100% de la deuda vencida (capital original más intereses) por un total de u$s 1.330 millones. Pero, además, rechazó los argumentos de la entidad pagadora sobre inembargabilidad de los fondos porque ya no eran de la Argentina y también apartó a quienes entraron al canje, porque “voluntariamente eligieron ese camino”, dijo. Esta opinión, no obstante podría ser rebatida en la Justicia, ya que los holdouts podrían alegar que el prospecto de los canjes argentinos señalaba que iban a ser igualados en su pretensión, si otros acreedores conseguían mejores condiciones. (DyN)


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