Los fueros protegieron a Manganaro

Fue sobreseído de una querella que le entabló el abogado Mansilla. El juez dijo que el ministro está protegido por sus fueros.

NEUQUEN (AN)- Los fueros que le otorga el cargo de ministro le ayudaron a Luis Manganaro en una querella por injurias que le hizo el abogado Mariano Mansilla. El juez correccional Alejandro Cabral lo sobreseyó con un fallo en el que destaca que los excesos verbales de los funcionarios sólo pueden ser sancionados «a través de la remoción, del juicio político, o por medio del voto del electorado a la hora de elegir al Poder Ejecutivo».

Manganaro fue querellado por su discurso durante un acto de egreso de nuevos cadetes policiales, en diciembre del año pasado. En esa ocasión afirmó que Mansilla es un «capanga sindical», y lo acusó de ser «presunto autor de los delitos de autor intelectual, instigador del delito de privación ilegítima de la libertad, de amenazas, agresiones, lesiones, extorsión». Añadió que «Mansilla está suelto igual que sus secuaces, espero que no por mucho tiempo más».

Por otra parte, lo calificó de «malandra con título profesional, traje y corbata» y que «eligió la estrategia de hacerse rico hablando de los pobres, facturando cuantiosos honorarios al Estado provincial».

Mansilla le hizo una querella por injurias (es el equivalente a un insulto). Para hacerle frente Manganaro no se despojó de sus fueros sino que se refugió en ellos, y le dio resultado. El fallo del juez Cabral dice que el discurso del ministro «fue efectuado en el marco de su actuación funcional y no en un acto partidario o alejado de sus funciones».

Y añade: «si se impidiera a los ministros del Poder Ejecutivo exponer libremente circunstancias o hechos que conocen por el ejercicio de su función y que pueden hacer a la formación de las leyes, se estaría también coartando la libertad a los legisladores de un amplio debate. En atención a tales argumentos, considero que las manifestaciones vertidas en el desempeño de la función, ya sea de gobernador, vicegobernador, ministro o de legislador, se encuentran comprendidas en la inmunidad amplia y absoluta» que prevé la Constitución de Neuquén.

También indica Cabral que «si se permitiera entrar a analizar el posible exceso o no en las manifestaciones vertidas, tornaríamos en letra muerta las disposiciones contenidas tanto en la Carta Magna Nacional como en la Provincial».


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