Medicamentos aptos para celíacos deberán incluir símbolo de sin gluten.

Remedios de vía oral tendrán que adecuarse

Los medicamentos que sean aptos para celíacos, es decir que en su origen natural o por su tratamiento de purificación no contienen trigo, avena, centeno y/o cebada, deberán incluir en sus rótulos y prospectos la leyenda “Libre de Gluten”.

Además, los medicamentos y/o especialidades medicinales de administración por vía oral “deberán adecuarse a la disposición dentro de un plazo de 12 meses” y en caso de no poder prescindir del gluten para su producción deberán aclararlo y cuantificarlo en su envase.

Así lo determinó la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) a través de la disposición 2574 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Hasta ahora, la obligatoriedad de incluir la leyenda y el símbolo de “libre de gluten” se limitaba a los alimentos sin TACC para ser fácilmente distinguibles para las personas celíacas.

La exigencia se extenderá, por lo tanto, a los medicamentos aptos para celíacos que tendrán que incluir el símbolo distintivo en sus envases y prospectos, pero también “en todos los materiales de publicidad y/o promoción de dichos medicamentos y/o especialidades medicinales”.

A fin de comprobar la condición sin TACC el laboratorio deberá someter el producto al análisis y certificación de la ANMAT, se indicó. SA A-4611

DYN


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