Mujer de 91 años deberá pasarle una “cuota alimentaria” a su hijo de 70

La Cámara Civil condenó a una mujer de 91 años declarada “insana” a pasarle una cuota alimentaria de 5.000 pesos mensuales a uno de sus hijos, de 70 años.

El singular caso fue resuelto por la Sala B de la Cámara, con las firmas de los jueces Mauricio Mizrahi, Omar Díaz Solimine y Claudio Ramos Feijóo, quienes consideraron que “no hay duda de que la madre está llamada por la ley a proveer asistencia al hijo mayor de edad”.

La Cámara confirmó un fallo de primera instancia que ordenó a la nonagenaria “el pago de una cuota alimentaria mensual 5.000 pesos con los excedentes de la renta de su patrimonio, una vez cubiertas todas sus necesidades”.

La anciana madre “percibe los frutos de la explotación de un campo” y fue declarada insana por la Justicia, por lo cual es representada en el expediente por un “curador”.

Según se desprende del expediente, mientras estaba en uso de sus facultades mentales la madre suministraba habitualmente sumas de dinero a su hijo, que en 2008 -por ejemplo- trepó a 228.000 pesos.

“En la medida en que aquellos pagos existieron sin que hubiese habido una sentencia o un convenio que los reconociera como obligación civil, sólo cabe considerar que tales aportes representaron liberalidades de la madre que, en el mejor de los casos, podrían asimilarse al cumplimiento de una obligación natural”, sostiene el fallo, al que tuvo acceso DyN.

Además, admite que “en principio, también el hijo está llamado por la ley a ser proveedor de alimentos de la madre, en caso de ser ello necesario”, pero en este caso es la madre quien está en posición económica más ventajosa.

El tribunal, no obstante, rechazó el reclamo del hijo septuagenario de un “pago por única vez de 27.000 dólares” para afrontar “deudas”, ya que el hombre no demostró efectivamente tener que asumir compromisos por ese dinero.

El tribunal también descartó los argumentos del curador de la nonagenaria, quien adujo que el hombre de 70 años tiene un hijo que reside en Estocolmo, Suecia, quien podría aportar a la manutención de su padre.

DYN


El singular caso fue resuelto por la Sala B de la Cámara, con las firmas de los jueces Mauricio Mizrahi, Omar Díaz Solimine y Claudio Ramos Feijóo, quienes consideraron que “no hay duda de que la madre está llamada por la ley a proveer asistencia al hijo mayor de edad”.

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