Multan a Goye con 3.000 pesos por desmanejos en publicidad
El Contralor consideró probado que el ex intendente violó la Carta Orgánica y recurrió a la justicia para que meritue posibles delitos contra la administración pública.
JUCIO DE RESPONSABILIDAD
El Tribunal de Contralor sentenció al ex-intendente por violar la Carta Orgánica Municipal al facilitar a la firma Outdoor Media S.R.L. la comercialización ilegítima de publicidad callejera mediante actos administrativos irregulares y la falta de control por parte del Ejecutivo municipal.
La sentencia dispuso elevar las actuaciones a la justicia para que meritue si el ex mandatario incurrió en los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y perjuicio al erario municipal por la falta de cobro de publicidad en la vía pública, tanto en los denominados chupetes como en los nomencladores de las calles.
Además remitió la investigación -que derivó en el juicio de responsabilidad al ex mandatario- a la asesoría Letrada de Intendencia para que analice la promoción de acciones civiles o penales contra Outdoors Media por continuar con la explotación de la cartelería callejera luego de la rescisión del contrato que dispuso el municipio el 6 de febrero de 2012 mediante carta documento.
El Tribunal de Contralor decidió abrir las actuaciones contra el ex titular del Ejecutivo luego de un “proceso de investigación” que comprobó la violación de diversos artículos de la Carta Orgánica y otras omisiones de la administración que habrían causado un importante perjuicio económico al municipio.
Goye decidió abortar la relación con Outdoors Media por una deuda de canon y porque la empresa no había colocado los refugios de transporte y los señaladores de calles que le imponía el contrato. La rescisión se realizó mediante carta documento pero sin la cumplimientación de los actos administrativos.
Luego dilató por meses la tarea de erradicar la carteleria en falta, lo cual permitió a Outdoors Media mantener la explotación de los espacios y venderlos a distintas empresas, sin contraprestación alguna al municipio.
Esa extraña permisividad del Ejecutivo municipal se completó -según acusa el Tribunal- con la ausencia de acciones judiciales contra la empresa que desconoció la rescisión del contrato.
DeBariloche
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