Multas y trabajo social para los que corten calles

La normativa fue aprobada para la ciudad de Buenos Aires, tras cuatro horas de debate. Legisladores definieron que los manifestantes no sean detenidos por esta contravención.

Las personas que violen las restricciones a las protestas callejeras en Buenos Aires recibirán multas y penas de trabajo social, pero no serán arrestadas por la contravención. Así lo decidió ayer la Legislatura porteña, por 41 votos en favor y 12 en contra, en tanto que continuaba con el tratamiento de los restantes 51 artículos que completan los 122 del Código Contravencional.

Según el texto del artículo 78 del nuevo Código, la persona que «impida u obstaculice la circulación de vehículos por la vía pública o espacios públicos será sancionada con uno a cinco días de trabajos de utilidad pública o multas de 200 a 1.000 pesos».

Los legisladores decidieron por consenso no aplicar penas de arresto para los contraventores que obstruyan la vía pública, luego de un debate que llevó más de cuatro horas al cuerpo.

Aunque el artículo no restringe las sanciones a los grupos de protesta piquetera, los legisladores centraron el debate en esta modalidad de protesta, y no mencionaron otros tipo de contravención por obstrucción de vía pública durante la discusión.

El texto aclara que «el ejercicio regular de los derechos constitucionales no constituye contravención», y advierte a los obstructores que deberán «con razonable anticipación», dar «aviso a la autoridad competente, debiendo respetarse las indicaciones de ésta, si las hubiere, respecto al ordenamiento».

 

Dos rechazos

La letra definitiva del artículo 78 fue aprobada luego de que los diputados rechazaran dos textos anteriores que contemplaban penas de hasta 15 días de arresto o sólo trabajo de utilidad pública.

El diputado macrista Jorge Enríquez realizó la propuesta con las penas más duras, que incluían multas de 1.000 a 5.000 pesos y de 5 a 15 días de arresto, pero cosechó sólo 18 votos en favor, 13 menos que los necesarios para su aprobación.

La segunda propuesta fue realizada por Vilma Ripoll y contenía sólo sanciones de 1 a 5 días de trabajo comunitario, aunque debió ser reformulada sobre la marcha debido a que inicialmente el texto ofrecido no contemplaba penas, por lo que no podía considerarse una contravención.

La Legislatura también aprobó, con más de 31 votos, dos artículos que sancionan a las personas que cuidan coches sin autorización legal y a quienes ensucien bienes de propiedad pública o privada.

El artículo 79 prevé multas de 200 a 400 pesos o uno a dos días de trabajo comunitario a quien exija «retribución por el estacionamiento o cuidado de vehículos en la vía pública sin autorización legal», pero duplica la pena para las personas que organicen las bandas de los llamados cuida-coches.

El cuerpo también decidió que «quien mancha o ensucia por cualquier medio bienes de propiedad pública o privada» será sancionado con multas de 200 a 3000 pesos o uno a 15 días de trabajo comunitario.

Los legisladores seguían anoche tratando los siguientes artículos, que incluyen temas polémicos como la oferta y demana de sexo en espacios públicos (artículo 81), portación de armas no convencionales (87), venta de alcohol en horario nocturno (92) y portar elementos aptos para la violencia (111), entre otros.

(DyN/Télam)


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios