Murió el enfermo mental trasladado a Allen

Se trata del paciente por el que habían presentado un mandamus.

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Pocos días después de que fuera trasladado al hospital de Allen desde el Zonal de Bariloche, el paciente mental Domingo Cayú amaneció muerto. Su curadora, la defensora oficial Alicia Morales, había presentado un mandamus para que instalen en esta ciudad una institución para atender a estos pacientes, como lo exige la ley de Salud Mental, pero el STJ rechazó la petición, al igual que la Procuradora General.

La noticia de la muerte de Cayú causó conmoción en Tribunales, porque su curadora la había vaticinado, luego de que hace pocos meses ocurriera lo mismo con la paciente María Arismendi, una discapacitada mental que deambuló varios años por los pasillos del hospital, como lo hacía Cayú. Los dos decesos se produjeron a pocos días de los traslados compulsivos de los pacientes mentales, pero ante la decisión de la jueza Marcelo Pájaro en relación a Cayú, su curadora recurrió a la acción de mandamus para evitar la afectación a su pupilo.

Cayú era un deficiente mental con una edad indefinida, de entre 30 y 40 años, que se aloja en el hospital desde hace más de 15 años, pero también recorre las calles de la ciudad. Las quejas del personal de enfermería por sus reacciones violentas motivaron en parte su traslado, pero vale recordar que estuvo involucrado en la violación seguida de muerte de un niño de ocho años.

Alicia Morales, como «curadora definitiva» de Cayú, pidió que se habilite en esta ciudad «una institución que albergue a los sufrientes mentales de la localidad que carezcan de contención familiar o de cualquier orden, para brindarles alojamiento, tratamiento y actividades que posibiliten una verdadera contención, y colaboren con la inserción social del sufriente, en la forma y a través de los medios que consideren prudente».

La procuradora general emitió un extenso dictamen donde sentenció que Morales se había excedido en sus funciones, que su conducta como curadora era contraria a la que debía asumir, que era improcedente la vía elegida, y que pese a su oposición el juzgado de Familia 7 había autorizado la derivación de Cayú.

«Deberíamos esperar que Domingo mate a alguien para implementar un albergue para sufrientes en esas condiciones», clamó Morales en su mandamus, pero la procuradora insistió en que si el traslado era la solución, la decisión de la jueza debería ser «acompañada por los restantes operadores del sistema».

Con posterioridad a ese dictamen el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia rechazó la acción que interpuso la defensora oficial, para que ordenen al Poder Ejecutivo cumplimentar obligaciones emergentes de la ley 2.440.

La norma fue sancionada en 1991 y terminó con los manicomios y hospitales neuropsiquiátricos en la provincia


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