Nación creó un nuevo registro de empresas auditoras de seguridad

Con la nueva norma no solo se unificarán los grupos fiscalizadores, sino también se permitirá el ingreso a más empresas o entidades auditoras. Lo dispuso la Secretaría de Energía de Nación.

A través de la Resolución N.° 414/2021, la secretaría de Energía de la Nación creó un nuevo registro de Empresas Auditoras de Seguridad en instalaciones de hidrocarburos, con el objetivo de ampliar las entidades autorizadas. El ingreso de nuevas fiscalizadoras se encontraba restringida hace más de 10 años.

Se trata del Registro de Entidades Auditoras de Seguridad, Técnicas y Ambientales, en el que podrá inscribirse todas las empresas, instituciones y personas físicas que presten servicios de auditorías en materia de seguridad, integridad y condiciones ambientales para todas las instalaciones elaboradoras, almacenadoras, trasportadoras o de expendio de combustibles líquidos, biocombustibles, GLP y GNL en todo el país.

Fruto de un amplio consenso entre los actores del sector, la normativa ahora vigente establece condiciones transparentes para el acceso a las auditoras, y otorga a los operadores una mayor libertad para elegir a las empresas prestadoras de este servicio”, indicaron desde la secretaría de Energía. Al mismo tiempo establece un marco de control que le otorga al Estado “mejores” herramientas a la hora de garantizar el buen desempeño y la realización de servicios técnicamente más eficientes.

Las entidades auditoras nuevas deberán gestionar su inscripción en el actual registro y las que ya operaban en el sector tiene que actualizar su legajo a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE). La entidad auditora habilitada será responsable ante la autoridad de aplicación o ante quien corresponda por los daños y perjuicios derivados de su actuación.

Ante la imposibilidad de incluir nuevas entidades fiscalizadoras, que rigió durante más de 10 años, se creó en paralelo el Registro de Universidades Nacionales para la realización de auditorías técnicas, ambientales y de seguridad a través de la Resolución N.º 266 de fecha 11 de abril de 2008. Ahora, según la reciente resolución, todas las instituciones de ese registro serán automáticamente incluidas en el nuevo registro.

Dispondrán del plazo de 1 año, a contar desde la fecha de entrada en vigencia de la presente medida, a los efectos de readecuar su inscripción de conformidad con los requisitos establecidos. Vencido el plazo conferido, se producirá la baja automática de la inscripción de aquellas entidades auditoras que no lograron su readecuación al nuevo registro.

Por último, las entidades auditoras registradas deberán realizar -sin cargo alguno- auditorías cruzadas a operadores dirigidas al control técnico en alguna de las categorías para las que se encuentran inscriptas. Dichas auditorías podrán ser requeridas en 3 oportunidades al año como máximo. No pueden superar el 1% de las auditorías totales efectuadas en el año inmediato anterior por dicha entidad.


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