Denuncian que los aumentos de transporte de Quiroga son inconstitucionales

El defensor del Pueblo de Neuquén, Ricardo Riva, realizó una presentación ante la justicia para frenar el mecanismo de la “cláusula gatillo” por considerar que excede las atribuciones del Poder Ejecutivo.

La Defensoría del Pueblo de Neuquén interpuso una acción legal con el objetivo de frenar el último aumento del boleto de colectivos, que llevó el costo sin subsidios a $21,50 e implica un incremento de más del 40% en lo que va del año, según el organismo.

El defensor Ricardo Riva presentó a comienzos de mes un pedido ante el Tribunal Superior de Justicia de declaración de inconstitucionalidad.

En cuanto a la argumentación con la que fundamentó su reclamo, el funcionario la delegación de facultades del Concejo Deliberante al Ejecutivo Municipal, a través de la ordenanza N° 13374/2015 (artículo 6) que cedió la prerrogativa de actualizar las tarifas del servicio de transporte de pasajeros. Este mecanismo es conocido como “cláusula gatillo” y le permite a Horacio Quiroga autorizar los argumentos sin el aval previo del órgano legislativo.

Riva cuestionó que esta normativa no requiere la convalidación de las tarifas por parte del Deliberante, sino sólo una comunicación emitida por el Ejecutivo posterior a la definición de la suba.

Con respecto a las atribuciones de cada Poder Municipal, el defensor explicó que la Carta Orgánica establece en el artículo 67, inciso 18, que entre las del Concejo está la de “aprobar las tarifas de los servicios públicos” y agregó que la Constitución Provincial, en el artículo 12, afirma que “los poderes públicos, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, no podrán delegar sus atribuciones, ni los magistrados y funcionarios sus funciones bajo penal de nulidad.”

Te puede interesar | Estos son los nuevos aumentos que se vienen en Neuquén

En cambio, resaltó el funcionario, Quiroga “ejerce dicha facultad discrecional sin ningún tipo de control ni eventual convalidación del Deliberante”. En este sentido apeló al artículo 4 de la Carta Orgánica, que establece que el municipio organizará su gobierno bajo el principio del régimen republicano, o sea la división de poderes, con lo cual las funciones de cada uno de ellos, son indelegables.

La presentación cuenta con el patrocinio letrado de Marta Lemus y Silvio Baggio, abogados de la Defensoría del Pueblo.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios