Pocos comercios neuquinos cumplen con el libro de quejas

Desde Defensa al Consumidor aseguraron que casi uno de cada dos comercios no tienen una plataforma para los compradores. Es una obligación fijada por ley provincial. El cuaderno debe estar foliado y supervisado por la autoridad de aplicación.

La Dirección de Defensa al Consumidor realizó un relevamiento durante tres meses en comercios de la ciudad de Neuquén para verificar el cumplimiento de normativas que protegen al consumidor: De los 54 locales inspeccionados 24 no poseen libro de quejas.

De acuerdo con la ley provincial 2.923 debe existir un libro de Quejas, Agradecimientos, Sugerencias y Reclamos en las dependencias públicas, locales y comercios privados con atención al público y donde se presente el servicio de atención al cliente y de posventa. Deben informar además su existencia a través de un cartel ubicado en un lugar visible al público.

“El cumplimiento de la ley establece que los locales comerciales tengan a disposición de los consumidores el libro de reclamos quejas y sugerencias. Es una ley que supervisamos desde el área de fiscalización de Defensa del Consumidor. Y durante estos meses estuvimos haciendo un balance y estadísticas del acatamiento que tiene esta ley en la generalidad de los comercios”, explicó Laura Vargas, directora provincial de Defensa del Consumidor.

Y agregó: “Lo que nosotros hacemos es constatar que no solo esté el cartel que indica que el libro de quejas está a disposición, sino que sea efectivo porque muchos tienen el cartel pero el libro no. Y este no es cualquier libro. Es uno que tiene que estar foliado, identificado y además debe estar aprobado y firmado suscrito en la hoja uno por la autoridad de aplicación, en este caso somos nosotros la Dirección Provincial de Defensa al Consumidor”.

En los últimos tres meses Protección al Consumidor concurrió a 54 comercios, de los cuales 24 se encontraron en infracción por no poseer dicho libro o el cartel indicador también estipulado en la normativa vigente. Los rubros fueron concesionarias, comercios de venta de indumentaria, hipermercados y entidades bancarias.

Comercios en falta

“Si no está disponible, se labra un acta por incumplimiento a la normativa y eso es factible de una sanción. También lo que hicimos en el recorrido es enseñarles a los comercios qué es esta normativa y tratamos de que lo empiecen a implementar”, sostuvo Vargas.

Cuando un comercio no cumple la norma es sancionado con una multa cuya escala es considerada de acuerdo con la cantidad de operaciones que el local realiza, la magnitud del establecimiento, los medios a su alcance para brindar atención prioritaria y evitar esperas a los usuarios y los antecedentes registrados.

“El cumplimiento de la ley establece que los locales comerciales tengan a disposición de los consumidores el libro de reclamos”.

Laura Vargas es directora provincial de Defensa al Consumidor.

En números

mauro pérez

Datos

“El cumplimiento de la ley establece que los locales comerciales tengan a disposición de los consumidores el libro de reclamos”.
45%
de los comercios relevados
no contaba con un soporte para recepcionar quejas o sugerencias de los clientes.

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