Nueve años de cárcel por un homicidio en Roca

La víctima, de 21 años, murió apuñalada tras una pelea

César Izza

ROCA (AR).- Para dos de los tres jueces no hubo exceso en la legítima defensa y por eso ayer la Cámara Criminal Segunda de Roca terminó condenado por mayoría a Víctor Manuel Retamal a la pena de 9 años de prisión por el delito de homicidio simple. Al joven de 22 años lo declararon culpable de matar a puñaladas a Néstor Loreto Ríos (21) en la noche del 27 de noviembre del año pasado, en la vereda de un comercio de la zona norte de Roca. El acusado, quien no tenía antecedentes y estaba trabajando en el negocio de su familia cuando se enfrentó con Ríos, reconoció su participación en la pelea pero aseguró no haber tenido intención de matar. Dijo que el joven primero le pidió cerveza en porrones, “y como le dije que no tenía, me dijo ‘entonces dame porros’. Le dije ‘Qué, ¿tengo cara de narco?’ y ahí me sacó”. Según su versión, ambos salieron a pelear a la calle, “él sacó el cuchillo después que yo lo había golpeado, una vez que se para… estaba medio tonto con los golpes, en eso forcejeamos y se lo saqué fácilmente y lo lastimé enseguida”, admitió Retamal en su declaración. Ríos sufrió varias heridas punzocortantes; las más graves de entre 9 y 14 centímetros de profundidad. Una le perforó el ventrículo derecho del corazón. Retamal “sólo tenía lesiones leves en las manos, que son las propias de los golpes que aplicó”, concluyó el tribunal. Para el juez César López Meyer el acusado actuó con exceso en la legítima defensa, como había afirmado la defensa en una parte de su alegato. “Retamal aceptó el desafío para pelear a puño limpio (…) pero la alegada extracción de un arma blanca por parte de Ríos habría hecho cambiar radicalmente la situación, como una suerte de sorpresiva bisagra que modificó el rumbo de los hechos (…) Probablemente la discusión y la pelea lo ofuscaron, produciéndose una lógica disminución de sus frenos inhibitorios (…) en esos instantes, caóticos y dinámicos, no es fácil medir las consecuencias de las acciones”, opinó el juez, quien sin embargo aclaró que eso “no implica obviamente dispensarlo de culpas por este grave delito que cometió”. Contra su criterio, los jueces Juan Rotter y María Evelina García opinaron que “la violenta conducta posterior (de Retamal) frente a la situación en la que se encontraba el occiso, ya desarmado y disminuido físicamente, está alejada de toda razonabilidad y justificación, y el daño que causó no guarda ninguna proporcionalidad con el peligro que pudo haber corrido”. Los familiares de Ríos dijeron no estar conformes con la pena y afirmaron que en realidad “lo atacaron entre tres”.

Familiares de la víctima gritaron su disconformidad cuando Retamal fue sacado de la sala con fuerte custodia.


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