Proceso penal de Río Negro para todos: “Reglas claras”

¿Qué pasa en Río Negro cuando alguien comete un delito? ¿Quiénes intervienen? ¿Qué pueden y no pueden hacer los jueces? ¿Los juicios son como en las películas? ¿Qué hace un fiscal? ¿Qué hace un defensor? Estas y otras cuestiones las voy a tratar de explicar para que todos las podamos evaluar cada vez que un hecho delictivo salta a los medios.

El sistema para perseguir y castigar es muy complejo. Lo integran muchas personas con funciones diferentes. Es como un auto: tiene muchas partes y cada una tiene un rol distinto. Pero su base y sus límites los fija siempre la Constitución y los tratados internacionales que la integran. Y ese es el origen del poder de todas las autoridades del Estado.

A partir de esa base el Estado está obligado a poner en marcha unas reglas prácticas que son vitales en esta época donde más de uno anda buscando el teléfono de Rambo para que haga justicia.

Inocencia: hasta que no termine el juicio nadie puede decir que el imputado es culpable. Puede ser que nos guste o que no nos guste lo que resuelva el juez, pero representa a la ley. Y esto es así por más que muchos políticos o funcionarios vean una excelente oportunidad para captar votos mediante la vieja artimaña de tirar nafta al fuego o pedir la ejecución pública de los imputados.

Legalidad: para decidir el juez aplica solamente el derecho, no otra cosa. Si el juez es de River y juzga a alguien de Boca, esto no debe ser tenido en cuenta para dictar el fallo. El juez puede seleccionar y aplicar todas las normas que considere adecuadas para resolver un caso.

División de funciones: el juez aplica la ley, no la fabrica. Parece innecesario, pero hay que aclararlo ya que muchas veces vemos gente (sobre todo en la tele) con muchas ganas de “visitar” al juez y cantarle cuatro frescas por tomar alguna determinación. El juez aplica una ley que hizo alguien más. Recordar esto al momento de votar a los que hacen la ley, después de todo son nuestros representantes.

Imparcialidad: el juez “no se casa con nadie”. Decide el derecho aplicable y lo aplica sin mirar a quién. De ahí que la conocida imagen que representa la justicia tenga los ojos vendados.

Plazos: “el tiempo es tirano”. El proceso de investigación y el que es para juzgar tienen plazos. Y llevar una investigación en plazo y avanzar al juicio es responsabilidad exclusiva del fiscal. Si esos plazos se vencen el juez debe aplicar el Código -y la Constitución- y declarar terminado el proceso y libre de culpa y cargo al acusado.

La razón es clara: pensemos en alguien que es investigado desde hace cuatro años por un delito que tiene prevista una pena de dos años de prisión. En ese tiempo los recursos de todos se gastaron en una investigación demasiado cara.

Por otro lado, ¿qué ser humano está en condiciones de soportar tal investigación sin una mínima definición? Y, por último: todos queremos saber qué ha estado haciendo el fiscal durante cuatro años en los que la causa no avanzó.

* Abogado especializado en Derecho Penal


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