Ordenan al Estado dar información por Ciccone
En dos sentencias, la Corte rechazó pedidos del gobierno para que la IGJ y el Ministerio de Planificación entreguen datos sobre la imprenta y las represas en Santa Cruz.
ARGENTINA
En dos casos que involucran el derecho de acceder a la información en poder del Estado, la Corte Suprema de la Nación sentenció al gobierno a entregar datos sobre la ex imprenta Ciccone Calcográfica y los proyectos de represas hidroeléctricas “Néstor Kirchner” y “Jorge Cepernic”, en Santa Cruz.
La Corte rechazó el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional y, en consecuencia, dejó firme la sentencia de Cámara por la que se había condenado a la Inspección General de Justicia a informar al demandante -el exdiputado nacional radical Ricardo Gil Lavedra-, si las sociedades Ciccone Calcográfica SA., luego transformada en Compañía de Valores Sudamericana SA., y The Old Fund, se encontraban inscriptas y, en tal caso, en que carácter, y que suministrara la copia de sus estatutos, detalle de la composición de los órganos de gobierno y fiscalización, accionistas, domicilios y demás datos que pudiera ser relevantes.
El caso es un duro golpe para Boudou, sospechado de haberse quedado con la imprenta que produce los billetes oficiales.
La Corte señaló que la cámara había considerado que el demandante, en su condición de ciudadano, tenía derecho a acceder a la información que solicitaba, mientras que el Estado Nacional sostenía que, como diputado, Gil Lavedra contaba con “canales institucionales específicos” para obtener la información. Pero esa alegación -destacó el Tribunal- dejaba sin refutar el hecho de que la condición de diputado del actor no le hacía perder su calidad de ciudadano.
Los jueces citaron como antecedente sus sentencias anteriores en los casos “Asociación por los Derechos Civiles c/ EN-PAMI” y “CIPPEC”, del 4 de diciembre de 2012 y 26 de marzo de 2014, según los cuales el derecho de acceder a la información en poder del Estado corresponde a toda persona, sin necesidad de que se demuestre un interés o afectación directa.
En el otro caso, y por las mismas razones, la Corte desestimó el recurso extraordinario que había presentado el Estado Nacional contra una sentencia de Cámara que obligaba al ministro Julio de Vido a poner a disposición de los demandantes -también diputados nacionales- determinada información y documentación vinculada el procedimiento de licitación pública para la construcción de las represas “Presidente Néstor Kirchner” y “Gobernador Jorge Cepernic”.
(Fuentes: DyN y clarin.com)
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