Ordenan al Estado garantizar las clases
En San Martín de los Andes
SAN MARTÍN DE LOS ANDES (ASM).- La justicia Civil condenó al Estado provincial a garantizar el dictado de clases de taller para la EPET 21 de esta ciudad, que desde el inicio del presente ciclo lectivo no ha podido iniciar esas tareas, debido a que aún esperan por la habilitación de un galpón alquilado por la provincia para la instalación de las máquinas y el dictado de las asignaturas prácticas. Así lo confirmó la directora del establecimiento educativo, Gaby Garibaldi, en relación con el amparo presentado semanas atrás y que había sido admitido ya por el juez Joaquín Cosentino, del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nº 1 de la IV Circunscripción Judicial. En efecto, Cosentino declaró admisible la acción de amparo presentada por la defensora de los Derechos del Niño y el Adolescente, Adriana Manso, en representación de los alumnos de la Escuela Provincial de Educación Técnica N° 21 de San Martín de los Andes, contra el Consejo Provincial de Educación de Neuquén. El recurso también buscaba que la provincia cubriese los cargos docentes vacantes en distintas asignaturas. En su sentencia, el juez ordenó al Consejo Provincial de Educación que se “garantice el dictado de las clases de taller de la EPET Nº 21 hasta tanto se acondicione el inmueble alquilado por el Estado provincial ubicado en el barrio La Vega, y en el plazo de 72 horas cubra los cargos de docentes de educación física”. La medida se impuso además bajo apercibimiento de fijar cargos pecuniarios al Estado por cada día de demora y considerar a los funcionarios responsables “incursos en los delitos de desobediencia e incumplimiento de los deberes de funcionario público”. La decisión del magistrado, dijeron desde la comunidad educativa, “es un antecedente de suma importancia para las familias y docentes de la EPET 21, así como de otras comunidades educativas neuquinas”. En ese sentido, advirtieron que el fallo “da cuenta de la responsabilidad ineludible de las autoridades” en materia de provisión de los servicios educativos.
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