Ordenan indemnizar con un millón de pesos a la familia de las víctimas

Celia Carman y su hija Vanina fueron atropelladas por el joven Sebastián Cabello, que corría una picada, el 30 de agosto de 1999.

Buenos Aires (Télam).- Sebastián Cabello, quien en agosto de 1999 atropelló y mató a una mujer y su hijita cuando corría una «picada» en Núñez, deberá indemnizar con 1.000.000 de pesos a los herederos de las víctimas, según un fallo dispuesto por la Justicia civil, que alcanzó también a los padres del condenado y a una compañía aseguradora.

Fuentes judiciales informaron hoy a Télam que el fallo de primera instancia de la jueza Marcela Eiff alcanzó a Cabello, a sus padres y a la compañía aseguradora «El Comercio», quienes deberán abonar ese resarcimiento a los herederos de Celia Carman y de su hija Vanina, atropelladas por el joven el 30 de agosto de 1999. Eiff fijó un monto indemnizatorio de 534 mil pesos que, sumados a los intereses devenidos en los últimos 8 años, alcanzan el millón de pesos.

El resarcimiento, que será percibido por Sara González Carman -madre de Celia y abuela de la niña- y Sergio Rosales -esposo y padre de las víctimas- deberá ser abonado por la compañía aseguradora. Es que, según dijeron los voceros a Télam, mientras se llevaba adelante la causa civil, los padres de Cabello litigaron con la empresa y se concluyó en que esta última se hará cargo de saldar la indemnización.

El 30 de agosto de 1999, Cabello, de entonces de 19 años, corría una «picada» con su Honda Civic por la avenida Cantilo, de Núñez, cuando chocó desde atrás al Renault 6 que conducía Celia, acompañada por su hija Vanina. A raíz del impacto, el pequeño rodado se prendió fuego y madre e hija murieron.

En noviembre de 2003, Cabello fue condenado a 12 años de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal 30, que lo halló culpable de «homicidio simple por dolo eventual», es decir que debió haberse representado el riesgo que suponía circular en esas condiciones por la avenida Cantilo.

Pero más tarde, la Sala Tercera de la Cámara de Casación Penal redujo el monto de la pena a tres años al entender que se trató de un «homicidio culposo», sin intención de matar, por lo que Cabello salió en libertad en septiembre de 2005. Los familiares de Celia y Vanina apelaron la decisión ante la Corte Suprema de Justicia, que el 20 de noviembre del año pasado dejó firme el pronunciamiento de la Cámara de Casación.


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