Ordenaron que Salud cubra los gastos de un implante coclear

La medida implica la compra y provisión de los materiales necesarios. Lo pidió la esposa del paciente.

BARILOCHE

El Juez en lo Civil Comercial y de Minería de San Carlos de Bariloche, Carlos Cuellar, hizo lugar a un recurso de amparo presentado por una ciudadana de Bariloche, para que asistan a su marido, quien sufre dificultades en la audición.

Hace seis meses que aguardaban una respuesta para el implante en el oído derecho del paciente, pedido que había sido solicitado con carácter de “urgente”. La demora en la intervención podía afectar su salud.

A partir de la decisión del magistrado, el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro deberá arbitrar todo lo necesario, en un plazo de cinco días, bajo apercibimiento de ley ante una eventual desobediencia.

El Juez Cuellar recordó que “tanto el artículo 43 de la Constitución Nacional como el artículo 43 de la Constitución de la Provincia de Río Negro contemplan la acción de amparo para proteger y garantizar los derechos y libertades reconocidos en esas normas fundamentales, más allá de establecer diferencias en cuanto a las formas o a los requisitos de procedencia”. Asimismo, el artículo 42 de la Constitución Nacional y el artículo 59 de la Constitución Provincial consagran el derecho a la salud.

rionegro.com.ar


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