Otro revés judicial para el intendente Goye

Demanda contra “Río Negro”

BARILOCHE (AB).- La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de esta ciudad ratificó el fallo que había rechazado en primera instancia un demanda del intendente Omar Goye contra este diario por el contenido de una columna periodística. Goye presentó meses atrás un “amparo informativo” con la intención de que “Río Negro” publique una frase textual por él indicada en la que el diario reconocería la falsedad de una información. La nota fue publicada el pasado 16 de junio con la firma de Daniel Marzal y la frase que molestó al intendente recordaba que el año pasado -al afrontar la campaña electoral- el entonces candidato arrastraba un procesamiento penal por defraudación y una abultada deuda tributaria con el municipio. En agosto pasado el juez civil Emilio Riat rechazó el amparo al interpretar que la retractación pretendida “jamás podría obtenerse por la vía expedita del amparo”, sino por un juicio civil donde el demandante probara “categóricamente” la inexactitud del dato cuestionado. Goye aseguró en su planteo que no es deudor del municipio sino “acreedor por gruesas sumas”. En su apelación ante la Cámara, con el patrocinio del abogado Edgar García Sánchez, el intendente descalificó la “farragosa sentencia” de Riat y negó la existencia de una nota oficial del departamento de Contribuciones del municipio, fechada en octubre de 2011, que certificaba la deuda a su nombre. En el escrito cuestionó que se le pida probar en el marco del amparo que no es deudor. “Yo elijo el modo y el momento, ‘Río Negro’ no puede elegir el momento. Ni Randolph Hearst pretendió eso”, argumentó en la apelación. La Cámara integrada por los jueces Edgardo Camperi, Carlos Salaberry y Juan Lagomarsino resolvió por unanimidad rechazar el recurso, con costas impuestas a Goye. El fallo redactado por Camperi -con la adhesión de sus pares- dice que “es evidente que el medio periodístico se hubo atenido a las constancias del municipio” al señalar a Goye como deudor tributario y subraya que “no se advierte la inexactitud de la noticia difundida”. Considera que “en base a fuentes fidedignas” el diario colocó ante la opinión pública “una información de evidente interés de la comunidad”. Califica de “hipótesis” a la supuesta “mutación” de Goye de deudor a acreedor fiscal. “Admitir que el órgano periodístico tenga que retractarse constituiría una seria limitación a la libertad de prensa”, subraya luego. El tribunal incluye también una significativa distinción al recordar “la condición especialísima de quien promueve la acción”, ya que se trata del intendente municipal. El fallo está fechado el 29 de octubre y el pasado martes la defensa de Goye presentó un recurso de casación, en el intento de llegar hasta el STJ.


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