Pago en cuotas para las multas laborales

La Subsecretaría de Trabajo dispuso implementar este sistema para ofrecerles a los infractores una alternativa de cancelación, previa a la ejecución por vía de apremio. Desde el organismo se indicó que esta metodología permitirá unificar criterios, coordinar acciones, unificar información y mejorar la recaudación.

VIEDMA (AV)- La Subsecretaría de Trabajo dispuso implementar un sistema de pago en cuotas correspondientes a las multas laborales que efectuó ese organismo mediante inspecciones.

La resolución Nº 104/01 establece que cuando la sanción de multa se encuentre firme y que el infractor no haya efectuado el pago en forma espontánea, el delegado zonal o jefe de Inspectoría lo citará formalmente con el objeto de ofrecerle la posibilidad de acceder a un plan de pago, en forma previa a la ejecución de la multa por vía de apremio.

Se podrán otorgar planes de pago hasta en 10 cuotas tomando en cuenta el importe de multa impuesta, la importancia económica del infractor y sus antecedentes.

Para acceder al plan de pagos en cuotas, el infractor deberá acreditar indefectiblemente el pago previo del 20 por ciento de la multa impuesta, acompañando en todos los casos la respectiva boleta de depósito bancario.

Efectuada la solicitud y cumplido ese requisito el delegado o jefe de inspectoría la remitirá en forma inmediata al área central para su aprobación por parte de la Subsecretaría de Trabajo o en su defecto por la dirección de Sumarios y Multas, mediante resolución fundada.

La resolución que apruebe o rechace la solicitud de pago en cuotas será inmediatamente remitida a la delegación o inspectoría de origen a los fines de su correspondiente notificación al infractor.

En caso de disponerse la desaprobación de alguna solicitud, el importe del 20 por ciento abonado por el infractor será considerado como pago a cuenta de la multa impuesta.

Todo plan de pago que se acuerde deberá contener el número de cuotas, la tasa de interés a aplicar y la fecha de vencimiento de cada una de las cuotas. Se aplicará como interés la tasa mix del Banco de la Nación Argentina adoptada por el Poder Judicial de Río Negro.

En caso de que el infractor no haya accedido al plan de pago en cuotas o habiéndolo incumplido, la dirección de Asuntos Legales del organismo dispondrá la iniciación del juicio de apremio para el cobro compulsivo de la multa o su prosecusión, según el caso.

En estas posibles situaciones, cada asesor legal del organismo deberá interponer la demanda ante el tribunal competente dentro de los diez días hábiles de recepcionado el expediente.

Los honorarios regulados en juicio, sus intereses y el aporte a la Caja Forense, serán divididos en igual número de cuotas que las convenidas en el plan de pago. De esta manera el profesional percibirá sus honorarios en forma proporcional al pago efectivo de la deuda.

El titular del organismo, Alejandro Betelú, argumentó que el sistema que será aplicado permitirá en definitiva unificar criterios, coordinar acciones, centralizar la información, incrementar la recaudación y deberá funcionar como un incentivo hacia los empleados para que «tomen conciencia de las ventajas de cumplir con las disposiciones legales vigentes antes de hacerse pasibles de sanciones pecuniarias».


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