“Para la realización de la intervención no hace falta autorización judicial”

El juez Martín Lozada aclaró que el caso de la menor embarazada producto de una violación, se trata de un “aborto no punible”. Sin perjuicio del trámite de apelación, debe ser llevado a cabo en la órbita de la salud pública.

RÍO NEGRO :: BARILOCHE

El juez Martín Lozada reiteró que no era necesario recurrir a la Justicia para concretar la interrupción del embarazo de la adolescente violada por su padre y su tío ya que se trata de un “aborto legal”. En un comunicado de prensa, Lozada insistió con que “para la realización de la intervención no hace falta autorización judicial, no obstante la Justicia se pronunció autorizando la interrupción”. La defensora de Menores, Paula Bisogni, objetó la intervención del juez en la excepcional solicitud y en la investigación de la presunta violación, pero no se expidió sobre el fondo de la cuestión. El juez Lozada elevó esas objeciones a la Cámara del Crimen y aguardará su decisión. Al igual que Bisogni, el fiscal Marcos Burgos pidió la inhibición de Lozada y la intervención de un tribunal de Familia, sin manifestarse sobre la cuestión de fondo. Por su parte, el representante de los intereses de la menor abusada, el defensor Manuel Caferatta, consideró improcedente el pedido de autorización. En el texto que se difundió a los medios, el juez Lozada sostienen que “tratándose de un supuesto de aborto no punible, debe ser llevado a cabo en la órbita de salud pública, sin perjuicio del trámite de la apelación, que pude ser largo y posiblemente sea elevado al Superior Tribunal de Justicia”. El juez recordó que en el caso de la menor de Viedma que pedía autorización para interrumpir un embarazo producto de un abuso, el procedimiento médico se concretó a pesar de que el fallo judicial no estaba firme. En esa oportunidad, una de las Cámaras del Crimen de Viedma, “sostuvo que no era necesario un pedido como el formulado por la autoridad médica. Dicho fallo fue apelado por una de las partes, y elevado a trámite del Superior Tribunal de Justicia. Entre tanto, las autoridades médicas del Hospital Zatti cumplieron la sentencia judicial y llevaron a cabo la práctica médica autorizada por la cámara”. Luego, Lozada añadió que cuando se expidió el Superior Tribunal ratificó la postura de la Cámara y señaló que no se requería de autorización judicial. rionegro.com.ar


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