Pérdida para el IPVU por no escriturar una casa

Le generó un perjuicio a la provincia de $ 664.282.

NEUQUEN (AN).- El incumplimiento del Instituto Provincial de la Vivienda y Urbanismo de Neuquén (IPVU) de una resolución judicial que ordenó en 1995 escriturar una vivienda construida por el organismo, le generó un perjuicio a la provincia de 664.282 pesos, según precisó el Tribunal de Cuentas (TCP). Por tal motivo, el Tribunal dispuso por unanimidad en octubre pasado iniciar un juicio administrativo contra el ex presidente del IPVU, Rubén Di Nenno, y otros dos ex funcionarios de ese organismo, para determinar sus responsabilidades en el quebranto al fisco.

Así lo consigna el acuerdo 5375 que los cinco vocales que conforman el TCP suscribieron el pasado 7 de octubre en base a un expediente que iniciaron en 2002.

El caso trascendió por un pedido de informes que realizó en marzo último el legislador del Frente ARI-Encuentro Neuquino, Carlos Moraña, quien recordó que el IPVU pagó 600.000 pesos-dólares.

Di Nenno aseguró ayer que no había sido notificado aún por el Tribunal de Cuentas, pero sostuvo que estaba «muy tranquilo con su gestión» (ver aparte).

Moraña recordó que se trata de una causa judicial que comenzó en 1993 a raíz de una disputa por la escrituración de una vivienda que un particular le compró a un adjudicatario de un plan del IPVU.

En una sentencia judicial del 20 de abril de 1995 en los autos caratulados Zacchino María Teresa contra Gentulio Argentino Villanueva sobre escrituración, «la Justicia le ordenaba al IPVU efectuar los trámites pertinentes a fin de concretar la permuta realizada entre las partes», se

ñala el dictamen del Tribunal.

Como el IPVU no cumplió con la resolución judicial, desde junio de 1997 fue multado por cada día de retardo en favor del demandante. Luego, la Fiscalía de Estado informó sobre el caso en 2001 y se inició un sumario para evaluar la existencia del perjuicio fiscal.

El órgano de control advierte que «del informe de la auditoría de la cuenta del IPVU se determina que se abonaron 282.857,40 pesos por los astreintes (multas) practicadas desde el 25 de junio de 1997 hasta el 24 de febrero de 1999 y otros 60.000 pesos en concepto de intereses, gastos y costas. Agrega que la Auditoría fiscal del Tribunal detectó «en el libro de bancos de la cuenta corriente 730003/5 el débito de 305.769,30 pesos registrándose como embargo judicial». «Se evidencia la responsabilidad del doctor Omar Fava y la doctora Iris Noemí Sandoval, quienes además de no haber contestado la demanda, no arbitraron los medios necesarios para que se cumpliera con una resolución judicial».

En el escrito se observa que «también resulta responsable del pago de las astreintes, el ingeniero Rubén Di Nenno» quien «conociendo la situación planteada» en la causa «no arbitró los medios con la diligencia que el caso ameritaba para que no siguiera corriendo» la sanción.

«Porque queda demostrado que el funcionario recién a un año de haber tomado conocimiento del caso, tomó una medida en el mismo», añade.

Por eso, el Tribunal resolvió por unanimidad iniciar el juicio administrativo para determinar la responsabilidad de Fava y Sandoval por el perjuicio de 324.857 pesos y de Di Nenno por 321.428 pesos.

Los funcionarios podrán realizar sus descargos en el trascurso del proceso administrativo.

Nota asociada: «Estoy muy tranquilo con mi gestión»


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