Petrolera Argentina, en concurso de acreedores

También tiene una deuda con AFIP de $ 200 millones. Fue embargada, pero un juez porteño la alivió.

UBICADA EN PLAZA HUINCUL

Petrolera Argentina SA intenta no caer en la quiebra y se presentó en concurso de acreedores. La refinería radicada en el parque industrial de Plaza Huincul enfrenta días críticos en materia financiera y tiene entre sus más poderosos acreedores a la AFIP, a la que le debe 200 millones de pesos, más otros 40 millones previstos para costas y honorarios, según un juicio de ejecución fiscal que tramita ante el Juzgado Federal de Zapala.

El Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 6, a cargo de la jueza Marta Cirulli, secretaría Nº 11 de Capital Federal declaró abierto el concurso de acreedores de Petrolera Argentina el 31 de octubre pasado. Ahora ese proceso “absorberá” a casi todos los demás juicios de índole económica que tenga la petrolera en cualquier lugar del país.

La publicación del edicto oficial, efectuada en el diario La Nación el 28 de noviembre, dice: “Petrolera Argentina SA: destilación, refinación e industrialización de petróleo crudo en lugar de origen; Esmeralda 130, piso 6º. Garante de Refinadora Neuquina SA, también en concurso preventivo. Fue proveído su concurso preventivo. Verificación de créditos hasta el 20 de febrero. Sindico: Estudio Emilio Giacumbo – Rafael Hernández; Av. Corrientes 1250, piso 11º, E. Audiencia informativa el 24 de noviembre de 2015”.

De allí se desprende que los acreedores deberán presentarse a documentar sus créditos ante el síndico hasta el 20 febrero de 2015, en el juzgado porteño donde tramita el expediente Nº 31231/2014. La publicación oficial precisa también que la audiencia informativa de la sindicatura tendrá lugar recién a fines del año próximo, el 24 de noviembre de 2015.

La apertura del concurso implica una inhibición general de bienes para la empresa pero no le impide seguir produciendo y administrando su patrimonio, aunque ahora bajo la obligatoria “vigilancia” del síndico.

Embargos de AFIP

En marzo pasado la jueza zapalina María Silvina Domínguez embargó a la empresa por el total de sus créditos pendientes de cobro de “10 sociedades y de un ente provincial” hasta “cubrir las sumas dinerarias cuya ejecución se persigue” y le embargó también las cuentas bancarias, en el marco de una demanda original de AFIP que superaba los 300 millones de pesos.

Tiempo después, en una instancia de recurso, la misma jueza liberó las cuentas bancarias y redujo el embargo de los créditos en un 50 %. Y lo que se había acumulado hasta entonces en las cuentas embargadas fue derivado a la AFIP.

Sin embargo, alegando que aun así la cautelar “no le permite seguir operando pues los márgenes de utilidad de la empresa son del 3%”, Petrolera Argentina consiguió el levantamiento total de los embargos trabados por el ente nacional. Esa decisión judicial se dictó hace sólo unas semanas, previa intervención sorpresiva de un juzgado porteño, denuncia penal contra la apoderada de AFIP y acciones de lobby en organismos judiciales.

El expediente “FGR2406/ 2013/1/RH1” del Juzgado Federal de Zapala comenzó el año pasado, cuando el 11 de abril de 2013 “cayó” por un incumplimiento de Petrolera Argentina un plan de pago de impuestos atrasados que había acordado la firma con el organismo recaudador. Aquella decisión de AFIP de dar por caído el convenio fue apelada por la empresa y el tema aún está en análisis en el Tribunal Fiscal de la Nación. La demanda se entabló por más de 300 millones pero subsisten $ 200.011.233,90, más un quinto del capital para costas y honorarios, correspondientes a deudas del año 2011.

La petrolera, sin embargo, reclamó la nulidad de las actuaciones y denunció penalmente a la apoderada de AFIP alegando la “falsedad ideológica” de un oficio diligenciado por la Administración para trabar un embargo.

La demanda -y el embargo preventivo para asegurar el cobro- fue impulsada por Susana Beatriz García, jefa de la División Jurídica de la Dirección General Neuquén de AFIP, por medio de la abogada María Cecilia Oviedo. “Desde 2006 en adelante la empresa se vale de planes de facilidades para diferir los pagos e incumplir sus obligaciones”, sostuvieron textualmente en la presentación judicial.

Por la firma perteneciente al empresario Miguel Alberto Schvartzbaum intervino en una instancia el abogado Carlos Fernando Lucuy, experto en derecho tributario y ex jefe de los abogados de la AFIP en todo el país, aunque desde principios de 2014 se sumó el letrado de Cutral Co Antonio Di Maggio, quien también es abogado del municipio y aspirante al Tribunal de Cuentas de Neuquén.

Pero la petrolera parece tener juristas de mucho mayor peso en Buenos Aires, ya que a fines de septiembre pasado, cuando aún estaba pendiente de resolución el levantamiento definitivo de los embargos, los reconocidos abogados Ricardo Gil Lavedra y Rodolfo Carlos Barra estuvieron en Roca y se presentaron junto con Di Maggio en el despacho de uno de los integrantes de la Cámara Federal de Apelaciones de esa ciudad, Mario Lozano, para hablar en nombre de la firma.

Lozano reconoció a este medio la visita del exdiputado radical y exministro de Justicia de Antonio De La Rúa y del exjuez de la Corte Suprema de Justicia y exministro de Justicia de Carlos Menem. Vinieron a hacer “gestiones extraprocesales”, dijo un empleado de la Cámara. “Vinieron a hablar de una causa, como hacen todos los abogados, todos los días, que piden audiencias con los jueces”, aclaró un funcionario. Lozano, por su parte, explicó que concedió la audiencia a Di Maggio, por ser el apoderado de la petrolera en el expediente, sabiendo que asistiría acompañado por abogados porteños. “A las partes las recibo siempre”, señaló el magistrado, quien de aquella conversación sacó en limpio que los abogados estaban “muy preocupados por la situación de la empresa, sobre todo porque no se les había devuelto lo retenido en las cuentas (al levantarse esa parte el embargo) y eso les impediría pagar los sueldos, con la consecuente conflictividad que eso implica”, dijo el juez. Y fue enfático al recalcar que los letrados se manejaron “con absoluta corrección” y que él sólo se comprometió ante ellos a “analizar la situación con la celeridad que ameritaba”.

En las sucesivas instancias los abogados de P.A. reclamaron la liberación de cuentas y créditos alegando que la determinación de la deuda con AFIP no estaba firme y luego que el segundo embargo (el del 50 % de los créditos) estaba trabado con un oficio apócrifo, presentando por eso una denuncia penal. Pero también lograron, por vías procesales al menos llamativas, que un juez en lo contencioso administrativo de la Capital Federal dispusiera el levantamiento de los embargos trabados en Zapala por medio de una “medida cautelar autónoma”. Así surge de la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca que el 27 de octubre pasado, justamente en virtud de aquel fallo porteño obedecido por la jueza zapalina, declaró “abstracta” la última apelación de la petrolera contra los embargos.

“Según surge de las actuaciones principales, que para su compulsa fueron pedidas a la primera instancia, que los dos embargos arriba detallados (el de cuentas bancarias y el del 50 % de los créditos pendientes), que motivan el recurso bajo examen, han sido levantados por la a-quo (la jueza Domínguez de Zapala) en virtud de la orden dada en ese sentido por un magistrado del fuero contencioso administrativo federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, sostuvo la Cámara en su resolución, remitiendo a la foja número “333 del expediente principal” al detallar esa constancia.

En otro escrito, presentado al tribunal roquense cuando el expediente ya estaba en instancia de apelación, “la demandada puso en conocimiento del cuerpo la existencia de un expediente penal que es sustanciado en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para tratar la denuncia y querella que la misma parte hizo contra quien aquí intervino como apoderada de la AFIP, por la comisión del delito de falsedad ideológica”, dice la resolución. Con esa información, P.A. pretendió que la Cámara “decrete la nulidad absoluta de las actuaciones”, planteo que fue declarado “improcedente” por “exceder” la temática que fue objeto del recurso de apelación. (Redacción central)


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios