La justicia podrá actuar de oficio en abusos sexuales infantiles

En Neuquén hay 250 causas vigentes por abusos. Casi la totalidad las víctimas <br />son menores de edad y el victimario es un familiar. Por una modificación en el Código Penal los fiscales podrán iniciar investigaciones sin una denuncia formal.

La modificación de un artículo 72 del Código Penal de la Nación, aprobado por el Senado el 11 de octubre, permitirá a la justicia investigar de oficio en casos de abusos sexuales que tengan como víctimas a menores de edad. En Neuquén hay alrededor de 250 causas abiertas y casi la totalidad de los hechos involucran a niños y adolescentes donde los victimarios, en su mayoría, son del entorno familiar.

En el fuero penal ven con buenos ojos la introducción de cambios, aunque reconocieron que la vigencia del Código Procesal Penal de la provincia desde enero de 2014, ya había dado herramientas para comenzar el proceso penal y la actuación de la Defensoría de la Niñez y la Adolescencia cuando existieran intereses contrapuestos entre el menor y el victimario.

Desde la fiscalía de Delitos Sexuales informaron que en la actualidad existen dos unidades fiscales que investigan estas denuncias y que en concreto hay aproximadamente 250 casos en trámite.

El fiscal jefe Agustín García señaló que de ese total “el 90% son abusos sexuales infantiles y tomando ese universo de casos, entre el 90 y 95% el victimario es una persona que están vinculadas con el núcleo familiar. Relaciones más cercanas o alejadas pero vinculada con el núcleo familiar”.

Detalló también la cantidad de casos en los últimos años ha ido en aumento, pero que este fenómeno se puede explicar con el crecimiento demográfico y con la introducción de nuevos dispositivos para acceder a la justicia.

El Código Penal es el que establece la calificación de los delitos y determina qué condenas se aplican en cada caso.

El artículo 72 de la norma define cuál es de instancia privada, en los que debe que mediar una denuncia penal para que comience una investigación y enumera entre ellos los abuso sexuales contra menores de edad. Fuentes judiciales consultadas señalaron que el nuevo texto “remueve el obstáculo de la instancia privada para los delitos de abuso sexual infantil”.

Cuando se instrumente la ley, si existieran indicios de un abuso sexual, si fuera denunciado por alguien del entorno, o si la misma víctima lo denunciara, la fiscalía puede comenzar investigar sin una confirmación de la denuncia por parte de los representantes legales, padres o tutores.

Para complementar esta ley, existe otro proyecto ante la cámara de Diputados de la Nación sobre protección a los profesionales de centros educativos, de salud o de acompañamiento, que hoy están obligados a denunciar, y que busca garantizar la reserva de identidad como denunciantes y eximirlos del secreto profesional.

“El 90% son abusos sexuales infantiles y tomando ese universo de casos, entre el 90 y 95% el victimario es del núcleo familiar”.

Agustín García, fiscal jefe de Homicidios y unidades de Delitos Sexuales

Las denuncias de abuso sexual van en aumento por el incremento de la población y por la creación de nuevos dispositivos para acceder a la Justicia.

Los cambios para el Código Penal

El proyecto de Ley que el Senado aprobó por
unanimidad fue presentado
por la diputada radical por la provincia de Buenos Aires, Carla Carrizo, en noviembre de 2017 y establece el cambio en el artículo 72 del Código Penal. Ahora los casos que se enumera en ese apartado serán delitos de acción pública dependiente de instancia pública y la justicia podrá investigar sin necesidad de que los representantes legales ratifiquen la denuncia.

Datos

“El 90% son abusos sexuales infantiles y tomando ese universo de casos, entre el 90 y 95% el victimario es del núcleo familiar”.
Las denuncias de abuso sexual van en aumento por el incremento de la población y por la creación de nuevos dispositivos para acceder a la Justicia.

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