Prisión efectiva para los cuatro imputados

Los detenidos Alfredo Longhi y Hugo Santos fueron condenados ayer a seis años y seis meses de prisión, por el robo cometido en junio de 1997 a la Legislatura rionegrina. Además, el tribunal les dio un plazo de diez días para devolver más de medio millón de pesos. Los otros dos acusados fueron sentenciados a tres años y seis meses de prisión efectiva, pero por el tiempo que llevan detenidos, recuperarían su libertad en las próximas horas.

VIEDMA (AV).- Alfredo Longhi y Hugo Santos fueron condenados a seis años y seis meses de prisión como autores del robo a la Legislatura.

Se les imputó el delito de «robo con armas en poblado y en banda», mientras que a Miguel Inchentronn y Manuel Videla se les impuso una pena de tres años y seis meses de prisión por la misma acusación, pero como partícipes necesarios.

Los abogados de estos dos últimos acusados pidieron la excarcelación, teniendo en cuenta que se encuentran detenidos desde poco después del robo ocurrido el 23 de junio del «97. En los próximos días sería concedida la libertad para ambos, quienes desde hace tiempo gozan del beneficio de trabajo extramuros.

Por otra parte, el Tribunal integrado por Fernando Laborde Loza, Gustavo Azpeitía y Roberto Maturana condenó a los acusados que en forma solidaria y en 10 días restituyan a la provincia los 528.070 pesos sustraídos más intereses.

El extenso fallo de 83 hojas puntualizó que «surgen elementos serios de cargo contra los imputados Longhi y Santos no enervados, pese al encomiable esfuerzo de la defensa de Gutiérrez Elcaraz por mostrar a los mismos como dubitativos referentes de «parecidos», tratando también de denostar la evidencia incriminante contrarrestando el número de personas que ha reconocido a los imputados con las que no lo han hecho».

Para el Tribunal, el cuadro incriminante contra los imputados lo constituyeron los reconocimientos, la situación financiera de los cuatro, vínculos, comunicaciones antes, durante y después de la fecha del robo que «indican una intervención criminal en cabeza de Santos y Longhi como autores directos del apoderamiento ilegítimo de dinero en la Legislatura, portando armas, en grupo de tres personas (una de ellas no identificada) y en pleno centro de la ciudad».

Mientras que sobre Inchentronn y Videla los jueces visualizaron una participación no necesariamente indispensable en el hecho aludido.

Además no consideraron acreditado el rol de apoyo logístico fundamental e imprescindible para cometer el hecho pedido por el fiscal de Cámara Juan Peralta contra Videla e Inchentronn, para quienes reclamó una condena de siete y seis años. Para Santos y Longhi pidió 12 y 10 años de prisión, unificando una sentencia anterior para el primero.

Los camaristas destacaron el entrecruzamiento de llamadas telefónicas que «involucran significativamente a los imputados» y consideraron como una pauta incriminante la cómoda situación económica que mostraron los acusados con posterioridad a la fecha del hecho, y que no tuvo otra explicación más que en el ingreso de dinero que tuvieron por el hecho que se les imputa.

En este sentido detallaron la compra de un auto, seis meses de adelanto en un alquiler y un viaje al exterior por parte de Longhi; así como la adquisición de dos vehículos y un viaje por el interior del país de Santos.

Sobre Inchentronn y Videla también señalaron el acceso a vehículos de menor valor que los anteriores.

Otro de los elementos tenidos en cuenta por el Tribunal fue la relación de amistad entre los acusados y que dos de ellos -Santos y Longhi- estuvieron en Viedma y Patagones.

Los imputados justificaron la relación y los viajes a la zona en que estos dos últimos junto con Videla, tenían proyectado instalar un taller para arreglar máquinas agrícolas en Pedro Luro. La versión que quedó sin sustento ante la declaración de una testigo quien negó en el juicio haber recibido seña alguna por el alquiler de un supuesto local en esa localidad.

Las defensas pidieron las absoluciones

VIEDMA (AV).- Los defensores de los imputados coincidieron en reclamar la absolución para los cuatro y atacar la instrucción de la causa.

En los alegatos escuchados en la última audiencia de este juicio, Néstor Larroulet, defensor de Miguel Inchentronn, sostuvo que no se lo podía condenar ante la falta de elementos de hecho y de derecho que sustentaran su participación necesaria en el hecho que se investigaba.

Por su parte, Manuel Maza también pidió la absolución de Manuel Videla, ante la insuficiencia de pruebas.

En este marco negó la responsabilidad de su defendido en el robo y destacó que en el derecho la regla es la presunción de inocencia y la culpabilidad la excepción.

En su alegato el defensor oficial César Gutiérrez Elcaraz fundamentó el reclamo de absolución para Alfredo Longhi y Hugo Santos, en que los 13 testigos que tuvieron una visión directa de los asaltantes no pudieron reconocer a los imputados como autores materiales del hecho.

Destacó las contradicciones y dudas en que incurrieron los testigos respecto a la descripción del aspecto físico y en la vestimenta que llevaban los atracadores el día del robo.

Afirmó que no existía una sola prueba categórica en contra de sus defendidos y aseguró que no se investigó nada en relación a otros posibles autores, al considerar que a la instrucción no le interesaba encontrar a los verdaderos culpables.

Advirtió que las condiciones para condenar no son jurídicas sino de otra índole y que tuvieron como hilo conductor la necesidad de encontrarlos culpables y citó como ejemplo el ensañamiento respecto de Longhi por parte del juez de instrucción Víctor Ramírez Cabrera.


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