Facilidades y nuevas formas de pago

Lo anunció esta semana la AFIP y beneficia especialmente a las pymes y a los contribuyentes cumplidores. Se incrementa el número de cuotas por plan, y la cantidad de planes vigentes que se pueden mantener al mismo tiempo.

Mediante la resolución general (RG) 4268, publicada el último 2 de julio, la AFIP dio a conocer el nuevo régimen de facilidades de pago y regulación de obligaciones impositivas, recursos de la seguridad social y aduaneras, como así también de sus intereses y multas vencidas a la fecha de presentación del plan; dejando sin efecto lo establecido por la RG 3827/16.

El eje central del nuevo plan de pagos gira en torno a dos cuestiones: el tipo de contribuyente y el perfil de riesgo asignado por el fisco (Siper). En función de ello, se determina la cantidad de cuotas, planes, caducidad y tasa de interés que podrán solicitar los contribuyentes.

Además, la normativa prevé la posibilidad de presentar una garantía electrónica a favor de AFIP –que no podrá ser inferior al monto total consolidado en el plan–, a fin de acceder a una reducción en la tasa de interés (entre el 1y 3%).

Los mayores beneficios apuntan al sector pyme, incrementando el cupo máximo de planes vigentes, que pasa de 4 a 6, y la cantidad de cuotas por plan, que pasa de 6 a 8.

Para el resto de los contribuyentes, el máximo serán 3 planes, con hasta 6 cuotas por plan.

Aquellos planes caducos presentados por la vieja RG 3827, no se tendrán en cuenta a efectos del límite máximo de planes vigentes, siempre y cuando los sujetos sean micro y pequeñas empresas. De lo contrario, para aquellos no pymes, se deberán restar del total admitido para cada caso, a aquellos planes cuya fecha de caducidad se haya producido dentro de los 6 meses anteriores a la solicitud.

No obstante, solo se podrá solicitar un plan por mes calendario por deudas provenientes de ajustes de inspección, autónomos y de monotributo.

Al igual que en el régimen anterior, no podrán incluirse retenciones /percepciones, anticipos y /o pagos a cuenta, IVA diferido, entre otras. Tampoco se podrá incorporar, el Impuesto a las Ganancias (IG) y bienes personales, cuyo vencimiento coincida con el año calendario de la presentación del plan.

En línea con lo anterior, el novedoso plan trae consigo una condición en cuanto a su admisión, por el cual se requiere que cada cuota no exceda el 25 % del promedio mensual de los ingresos del contribuyente, calculadas en función de las últimas 12 DJ de IVA, del IG o la última categoría que revista en el Montributo.

Es novedoso que deban ser cancelados de contado los intereses resarcitorios cuyo capital no se encuentre incluido en el nuevo régimen de facilidades, como así también los intereses punitorios.

Sin dudas, se observa que AFIP supedita la financiación al nivel de cumplimiento del contribuyente, premiando a aquellos bien calificados, con mejores condiciones de financiación.

Pese a ello, muchos contribuyentes no logran calificaciones optimas, o no pueden acceder por otras limitantes. Para ellos, AFIP prevé en los próximos días lanzar un nuevo régimen.

No queremos dejar de mencionar, que mediante la RG 4262, AFIP estableció el procedimiento para cancelar las obligaciones impositivas y recursos de la seguridad social que se encuentren en juicio, mediante el uso de fondos embargados, tanto en forma online como presencial.

Datos

La intención del organismo recaudador es ofrecer la posibilidad de regularizar deudas al sector productivo, en un contexto de serias dificultades.

El foco de la nueva normativa está puesto en el tipo de contribuyente y en el perfil de riesgo, premiando a quienes cumplen con el fisco.

Datos

8
La máxima cantidad de cuotas admitida por cada plan de pago. Hasta ahora eran sólo 6.
25%
La máxima proporción de los ingresos del contribuyente que puede afectarse a cada cuota.
La intención del organismo recaudador es ofrecer la posibilidad de regularizar deudas al sector productivo, en un contexto de serias dificultades.
El foco de la nueva normativa está puesto en el tipo de contribuyente y en el perfil de riesgo, premiando a quienes cumplen con el fisco.

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