Los puntos claves de la reforma laboral que se viene

La Cámara Alta finalmente comenzaría a tratar este mes los polémicos cambios en la legislación. Banco de horas extra, cálculo de indemnizaciones y fondo de previsión para despidos, entre los principales cambios que se pretenden introducir.

En los próximos días la Cámara de Senadores comenzará a tratar importantes proyectos de Ley que fueron remitidos por el Poder Ejecutivo Nacional, en torno a la Reforma Laboral.

En tal sentido, es necesario comentar algunos aspectos centrales, que implican cambios en materia de remuneraciones e indemnizaciones.

Los cambios laborales por lo general son materia de discusión en Argentina, particularmente por los intereses sociales y económicos que están en juego. Por lo tanto, buscar el mejor clima social para presentar el proyecto, es parte de la estrategia que está usando el Gobierno.

Uno de los puntos controvertidos de la reforma laboral, es lo referido a las horas extras. El articulo 48 del proyecto original incluía el instituto “Banco de horas”. De qué se trata la novedosa iniciativa y cómo funciona, resulta clave para entender por qué las voces en contra en esta ocasión “gritaron” más fuerte. Se establecía que a través de convenios colectivos de trabajo pudiera generarse de un mecanismo de permuta y/o compensación por horas extras y trabajos en días feriados o días no laborables, en lugar de pagarse con el respectivo plus del 50 % o 100% según corresponda. No obstante, tras intensas discusiones entre los sindicatos y el Ministerio de Trabajo, se decidió dejar fuera del proyecto lo que parecía ser una buena medida .

Otro de los puntos debatidos de este proyecto, trata sobre la base de cálculo de la indemnización del artículo 245, más conocida como “indemnización por antigüedad o despido”. En tal sentido, el artículo 37 de la reforma pretende dejar excluidos de la base de cálculo de la indemnización, el sueldo anual complementario, los premios y/o bonificaciones, y toda compensación y/o reconocimientos de gastos que el empleador efectúe hacia el trabajador. Aun así, dispone también que en ningún caso la base salarial podrá implicar, para el trabajador, una reducción de más del 33% de la mejor remuneración mensual normal y habitual percibida durante el último año de la relación laboral.

De esta manera se busca plasmar legalmente lo que se viene realizando en la práctica profesional, ergo, disminuir el grado de litigiosidad que se desencadenaba por distintos criterios de interpretación en sede judicial.

Por otro lado, a través de la incorporación del límite del 33%, quedaría expresado legalmente lo que dijo la CSJN en los autos “Vizzotti c/AMSA s/despido”, y que se aplica en la práctica profesional.

La creación de un fondo de cese laboral sectorial celebrado a través de convenio colectivo de trabajo para hacer frente a las indemnizaciones por falta de preaviso e indemnización por antigüedad es otra de las novedades de la reforma. El fondo sería financiado por aportes del empleador y sería una buena herramienta financiera ante el infortunio de un despido. También podrá ser utilizado para complementar las sumas que perciba el trabajador en virtud de una desvinculación por mutuo acuerdo.

Un último punto referido en materia de indemnizaciones y litigios tiene sentido por los reclamos laborales ante la falta de entrega o deficiente confección del certificado de trabajo del artículo 80. Se establece que los certificados de trabajos válidos serán solo aquellos emitidos desde el sistema de AIFP, eliminando de esta manera cualquier controversia generada por el formato o el contenido.

La intención oficial es introducir los cambios en la legislación antes de fin de año.

“Tiene que haber madurez de los dirigentes, porque estas son las cuestiones que les preocupa a los trabajadores”.

Jorge Triaca, ministro de Trabajo de la Nación

Dato

Pulso Consultor

Datos

La intención oficial es introducir los cambios en la legislación antes de fin de año.
“Tiene que haber madurez de los dirigentes, porque estas son las cuestiones que les preocupa a los trabajadores”.
La máxima reducción posible en la base de cálculo de las indemnizaciones, según el proyecto de ley.
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