Puntos salientes

NEUQUEN (AN)- Este resumen ayuda a entender la trascendencia del fallo.

» Los conjueces son abogados que reemplazan a los vocales del TSJ cuando éstos no pueden intervenir en alguna causa.

» Antes los designaba el Tribunal Superior de Justicia, en base al padrón de matriculados en el Colegio de Abogados. La Ley Orgánica del Poder Judicial lo autorizaba a ello.

» La última lista de conjueces la confeccionó el TSJ en febrero de este año para todo el 2006.

» En marzo entró en vigencia la nueva Constitución, que cambia las reglas: según su artículo 239, ahora los conjueces son designados por la Legislatura de una lista que envía el Poder Ejecutivo.

» Hasta ahora el Ejecutivo no mandó a la Legislatura ninguna propuesta de conjueces.

» Un fallo del 8 de agosto autorizó a eludir el mandato del artículo 239 y confirmó la validez de la lista confeccionada por el TSJ en febrero.

» El argumento es que no se puede atrasar un pronunciamiento judicial por falta solución al tema de los conjueces.

» La lista de conjueces elaborada en febrero está integrada por: Juan Angiorama, Alejandra Bozzano, Roberto Busamia, Omar Busqueta, Ricardo Cancela, Carlos Fernández, Patricia Fernández, Marcelo Iñíguez, Adalberto Manestar, Alberto Rocamora y Oscar Silva.


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