Qué pagamos cuando pagamos la tarjeta
Los usuarios suelen quejarse porque pagan el saldo mínimo y éste "no disminuye nunca".
Entre los cientos de consultas que diariamente reciben las delegaciones de la Secretaría de Defensa del Consumidor en todo el país, una de las más numerosas son las que realizan los usuarios de tarjetas de crédito respecto de los pagos, ya que aparentemente existe un importante nivel de desconocimiento acerca del efecto que tiene realizar un pago mínimo en lugar de cancelar todo el monto exigible al momento del vencimiento.
En vistas de la confusión que la falta de desconocimiento produce en el comprador, se proponen aquí ejemplos numéricos que permiten visualizar con mayor claridad que cuando un deudor realiza un pago parcial del saldo de su tarjeta de crédito se activa el mecanismo de financiación del resto de su saldo, lo que incluirá, entre lo que el consumidor deba pagar, no sólo intereses financieros o compensatorios, sino también una serie de cargos asociados.
En definitiva, lo que se pretende es dar una respuesta a la pregunta habitual que se hacen muchos deudores: ¿por qué si pago todos los meses, debo siempre lo mismo?, destacando que no todo el pago mínimo se destina a cancelar el saldo de la deuda.
Aspectos Generales
Cuando el cliente se encuentra en situación normal (es decir, no registra atrasos significativos en el cumplimiento de sus obligaciones) la relación entre el pago mínimo y el saldo total es relativamente baja, rondando habitualmente entre el 10% y 20%. Cada empresa determina el monto del pago mínimo según su propio criterio, siendo generalmente un porcentaje del saldo a financiar, un porcentaje del precio de compra del bien (en los casos de ventas de cuotas) o eventualmente un monto fijo.
La ley Nº 25.065 establece en su artículo 6º, inciso C que «el contrato de emisión de tarjetas de crédito debe contener el porcentual de monto mínimo conforme a las operaciones realizadas».
Así, el denominado «pago mínimo» habitualmente incluye los siguientes conceptos:
Intereses financieros y/o punitorios de períodos anteriores (pues no incluirlos implicaría que para el período siguiente quedarían incorporados al capital y se terminaría pagando intereses sobre intereses); las cuotas correspondientes al mes en curso (si se hubieran realizado compras en cuotas, típicamente identificadas como «04/12» o sea cuota número 4 sobre un total de 12 cuotas); los gastos mensuales (de envío de resumen o administrativos) o anuales (por renovación de tarjeta); el seguro de vida (cuando corresponda). También existen algunas empresas emisoras en las cuáles se financia directamente en cuotas, de modo que en cada operación el pago mínimo será un porcentaje del precio de venta del bien adquirido.
Un ejemplo: un consumidor adquiere con tarjeta de crédito un bien cuyo precio es de $ 500 y la empresa emisora fija un pago mínimo mensual de $ 50 (10% de la cuota inicial), aplica un 3% de tasa de interés efectiva mensual, alcanzados por Impuesto al Valor Agregado (IVA) y cobra $5 mensuales en concepto de gastos de envío de resumen. No se cobra ningún otro gasto adicional. Bajo estos supuestos, si el deudor realiza solamente los pagos mínimos de $ 50, deberá efectuar 14 pagos de $ 50 y 1 de $ 26,91 para cancelar totalmente su deuda de $500, pagando en total $ 726,912 compuestos de la siguiente manera: pago mínimo fijo, $ 50. importe en pesos amortización de capital 500, intereses 125,55, IVA
sobre intereses 26,36, cargo por envío de resumen, 75; total: 726,91.
Si bien se pagan $ 50 en total, $15 son destinados a pagar intereses (3% de $ 500), el IVA sobre los intereses representa $ 3,15 y otros $ 5 constituyen el cargo por envío, de modo que la deuda disminuye solamente $ 26,85, siendo el nuevo saldo $ 473,15 en lugar de $ 450. Este proceso continúa mes a mes, y por efecto de los gastos, los impuestos y los intereses, en lugar de 10 pagos de $ 50 deben realizarse los 15 pagos referidos.
Muchos deudores, desconociendo la composición interna del pago mínimo creen que se les cobra de más, pero en realidad, no hay trampa.
Resulta evidente que cuando el deudor se limita a realizar el pago mínimo determinado por el emisor de la tarjeta aumenta el monto total a pagar, no sólo a causa de los intereses sino también por los costos adicionales vinculados a la financiación. Debe tenerse presente que, dada la existencia de dichos costos, no todo el monto que se paga se aplica a cancelar el saldo de la deuda.
El pago mínimo incluye:
• Intereses financieros y/o punitorios de períodos anteriores.
• Cuotas correspondientes al mes en curso.
• Gastos mensuales (de envío de resumen o administrativos) o anuales (por renovación de tarjeta).
• Seguro de vida (cuando corresponda)
También existen algunas empresas emisoras en las cuales se financia directamente en cuotas, de modo que en cada operación el pago mínimo será un porcentaje del precio de venta del bien adquirido.
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