Ratifican amparo en favor de madre e hija celíacas

Fallo contra el Ipross en Bariloche

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó el recurso de apelación que había presentado el apoderado de la Fiscalía de Estado de la provincia y confirmó la sentencia del juez civil de primera instancia de esta ciudad Jorge Serra, quien hizo lugar a una acción de amparo contra el Ipross que presentó una madre y su hija celíacas. El juez del STJ, Sergio Barotto, recordó que el juez civil de Bariloche hizo lugar parcialmente a la acción de amparo e intimó al Ipross para que “otorgue las órdenes de análisis en forma previa y conforme la periodicidad indicada por los profesionales tratantes, sin recurrir al sistema de reintegros u otros mecanismos que impliquen que la amparista deba afrontar el costo de los mismos en forma previa”. Asimismo, el juez civil dispuso dar inmediata intervención al Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Provincia para “prestar asistencia alimentaria a la amparista y su hija menor, de conformidad con el artículo 7 de la ley 3772”. Barotto recordó que la afiliada interpuso la acción de amparo por derecho propio y en representación de su hija de 6 años, ambas celíacas, contra el Ipross para que le cubra la alimentación correspondiente a dicha enfermedad y los análisis que deben realizarse periódicamente para el tratamiento de tal patología. Barotto señaló que el apelante, en lo sustancial, se agravió por entender que el pronunciamiento del tribunal al hacer lugar en forma parcial al amparo, resulta contrario a la ley 3.772, de asistencia integral de las personas celíacas, y a la ley 2.753, que regula el funcionamiento del Ipross. La sentencia del STJ se publicó la semana pasada en la página web del Poder Judicial de Río Negro. El apelante, Roberto Stella, alegó que no se dio vista al Cuerpo Médico Forense a los fines de certificar las circunstancias del caso. Manifestó que la determinación de disponer la entrega de las órdenes de análisis respectivas en forma previa y conforme la periodicidad indicada por los profesionales tratantes, va en contra de la lógica común”.


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