Rechazan planteo para blanquear su salario
El STJ rionegrino le dijo no al planteo de una agente que se niega a jubilarse porque la provincia no cumplió con la totalidad de aportes de su haber en actividad.
El STJ rechazó un planteo de un agente público que quería el blanqueo de sumas para su jubilación El Superior Tribunal de Justicia desestimó un reclamo de una empleada que se niega a jubilarse porque la provincia todavía no cumplió con la totalidad de los aportes de su haber en actividad, exigidos por la ley 4.640, sancionada hace 28 meses pero aún sin implementarse. Igualmente, el rechazo del máximo tribunal está centrado en cuestiones formales, aludiendo que el amparo conforma una vía excepcional que no ha sido demostrada por la demandante. “La incorporación de todos los adicionales como sumas remunerativas sujetas a aportes” para los estatales que ingresen en los últimos 10 años de actividad está previsto en la ley 4.640, sancionada a fines de abril del 2011. Esta norma todavía no se implementó y originó reclamos administrativos y judiciales, como también acumuló una deuda con la AFIP por más de 80 millones que Río Negro está negociando por su cancelación en un plan de pago. En junio pasado, una demanda de un empleado del Idevi concluyó con una resolución de fondo por parte de la Cámara Laboral contraria al Estado provincial, exigiendo la aplicación de los aportes establecidos por la ley 4.640. Aún así, hace algunos meses, el gobierno de Alberto Weretilneck avanzo en intimaciones para la jubilación de quienes están en condiciones de hacerlo y continúan en la administración pública. La resolución del STJ corresponde a una empleada de Gobierno que se negó al inicio de ese trámite porque “se le está obligando a la jubilación con un haber menor al que le corresponde porque la provincia incumple con los aportes”. Argumenta que recurrió al amparo ya que en un “juicio común continuaría ganando la mitad de su haber previsional mientras dure el mismo”. En principio, la Cámara del Trabajo ya había desestimado el amparo porque “existían otras vías idóneas para el tratamiento y resolución del mismo”. El fallo del STJ está fundamentado en los votos de Adriana Zaratiegui y Liliana Piccinini, con las adhesiones de Ricardo Apcarian y Sergio Barotto, y la abstención de Enrique Mansilla. (AV)
El STJ rechazó un planteo de un agente público que quería el blanqueo de sumas para su jubilación El Superior Tribunal de Justicia desestimó un reclamo de una empleada que se niega a jubilarse porque la provincia todavía no cumplió con la totalidad de los aportes de su haber en actividad, exigidos por la ley 4.640, sancionada hace 28 meses pero aún sin implementarse. Igualmente, el rechazo del máximo tribunal está centrado en cuestiones formales, aludiendo que el amparo conforma una vía excepcional que no ha sido demostrada por la demandante. “La incorporación de todos los adicionales como sumas remunerativas sujetas a aportes” para los estatales que ingresen en los últimos 10 años de actividad está previsto en la ley 4.640, sancionada a fines de abril del 2011. Esta norma todavía no se implementó y originó reclamos administrativos y judiciales, como también acumuló una deuda con la AFIP por más de 80 millones que Río Negro está negociando por su cancelación en un plan de pago. En junio pasado, una demanda de un empleado del Idevi concluyó con una resolución de fondo por parte de la Cámara Laboral contraria al Estado provincial, exigiendo la aplicación de los aportes establecidos por la ley 4.640. Aún así, hace algunos meses, el gobierno de Alberto Weretilneck avanzo en intimaciones para la jubilación de quienes están en condiciones de hacerlo y continúan en la administración pública. La resolución del STJ corresponde a una empleada de Gobierno que se negó al inicio de ese trámite porque “se le está obligando a la jubilación con un haber menor al que le corresponde porque la provincia incumple con los aportes”. Argumenta que recurrió al amparo ya que en un “juicio común continuaría ganando la mitad de su haber previsional mientras dure el mismo”. En principio, la Cámara del Trabajo ya había desestimado el amparo porque “existían otras vías idóneas para el tratamiento y resolución del mismo”. El fallo del STJ está fundamentado en los votos de Adriana Zaratiegui y Liliana Piccinini, con las adhesiones de Ricardo Apcarian y Sergio Barotto, y la abstención de Enrique Mansilla. (AV)
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