Rechazan una cautelar contra el referéndum en Loncopué

El planteo era del fiscal de Estado. Ahora el TSJ debe resolver si esa consulta fue constitucional o no.

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NEUQUÉN (AN).- El Tribunal Superior de Justicia rechazó una medida cautelar solicitada por el fiscal de Estado, Raúl Gaitán, vinculada con el referéndum realizado en Loncopué el 3 de junio del año pasado contra la megaminería. Ahora queda para resolver la cuestión de fondo: si esa consulta fue constitucional o no. Viviana Vaca, referente de los vecinos autoconvocados, aseguró que “la ordenanza que prohíbe la megaminería en el ejido municipal de Loncopué es legítima, constitucional y sigue vigente”. Dijo que la asamblea de vecinos autoconvocados “celebramos el fallo” y reconoció que “la cuestión de fondo no está resuelta y puede llevar muchos años”. Destacó la contundente manifestación del pueblo de Loncopué “al refrendar con el 83% de sus votos el deseo de vivir en un municipio libre de megaminería a cielo abierto” e indicó que “el Gobierno de la provincia a través de su Fiscal de Estado, pretendieron invalidar el derecho de los ciudadanos y pedir la inconstitucionalidad del acto cívico”. En diálogo con “Río Negro” Vaca indicó que el fallo es del 28 de octubre y lo festejó como un logro de los vecinos en cuanto a que “las iniciativas populares como ejercicio de democracia semidirecta están garantizadas y respetadas por la Justicia neuquina a pesar de que a algunos funcionarios les cueste aceptarlo”. Deseó que esta experiencia fortalezca “a tantas asambleas y organizaciones a lo largo del país que siguen firmes en defensa de la vida, el medio ambiente y el derecho a la autodeterminación de los pueblos”. Recordó que el proceso de referéndum comenzó en el Concejo Deliberante de la anterior gestión que votó en contra una ordenanza que prohibía la megaminería. Los vecinos reunieron las firmas necesarias para insistir en el tema y obtuvieron el aval del porcentaje que pide la ley 53, que regula el funcionamiento de los municipios. “Desde que comenzó la iniciativa popular no se llegó al referéndum porque se nos ocurrió”, se defendió la vecina, quien interpretó que el anterior Deliberante “nos subestimó y no tuvo en cuenta que se podía llamar a consulta cuando el proyecto fuera rechazado”. “Sabemos que la ordenanza está limitada al ejido municipal de 8.000 hectáreas pero quedó en claro que se trata de un ejercicio de la democracia semidirecta donde los ciudadanos podemos apropiarnos de estas herramientas”, adujo.


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