Reclaman mayor castigo para un condenado por abuso

VIEDMA (AV).- Piden al Superior Tribunal de Justicia que condene a Rodrigo Gonzalo Cayunao como autor del delito de “abuso sexual agravado, segundo hecho, a la pena de ocho años de prisión. La solicitud fue formulada por la Fiscal de Cámara, Adriana Zaratiegui, al presentar un recurso de casación contra la sentencia dictada el 11 de este mes por la Sala A de la Cámara del Crimen de Viedma que condenó al imputado a cuatro años de prisión por tentativa de abuso sexual en uno de los dos hechos que llegaron a juicio. En el segundo fue absuelto y la casación apunta a esta absolución. El mismo Tribunal integrado por Susana Milicich de Videla, María del Carmen Vivas de Vásquez y Eduardo Giménez denegaron ayer un pedido de excarcelación presentado por la defensa de Cayunao, quien deberá continuar alojado en el Penal de Viedma. Zaratiegui fundó el recurso en dos motivos: por violación de la garantía constitucional del debido proceso por falta de motivación suficiente, ya que al dictar sentencia lo hizo solo un juez en la totalidad de las cuestiones fijadas mientras que los dos restantes omitieron tratar la materialidad y autoría del segundo hecho. “No emitieron ninguna opinión y suscribieron la sentencia en una demasía porque carece de toda virtualidad su firma y además invalida el pronunciamiento. Ello así desde que solo pueden firmar la sentencia los jueces que se han pronunciado sobre todas las cuestiones y los votos de las juezas Milicich y Vivas se expresaron solo sobre el primer hecho.” La otra razón fundamentada se vincula a que la sentencia absolutoria sobre el segundo hecho respecto de la responsabilidad penal de Cayunao de 24 años “desechó los elementos de convicción arrimados a favor de la condena sin brindar para dicho apartamiento una fundamentación lógica y legal”. Zaratiegui sostuvo que Cayunao fue quien en la madrugada del 21 de marzo de 2010 atacó en la vía pública a una joven que intentaba tomar un taxi, la amenazó con apuñalarla, la condujo hasta un lugar oscuro y la obligó a practicarle sexo oral. En relación a la sentencia absolutoria sostuvo que los argumentos dados para descartar el reconocimiento del imputado por parte de la víctima “son endebles e insuficientes”, contrariando las reglas de la sana crítica que se apoyan en la psicología, la lógica y la experiencia común. La fiscal pidió a los jueces ponerse un instante en el lugar de la víctima y preguntarse “si se puede válidamente ponerse en duda su reconocimiento seguro del agresor, porque allí, al comienzo de su penoso trajinar un escribiente policial registró delgado, siendo además que delgado no es el opuesto de robusto sino de gordo”.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios