El Superior Tribunal confirmó que no se aplicará el pago de Ganancias

La Corte obligó a jueces nacionales a tributar por sus nuevos cargos en la Justicia. En Río Negro no aceptan ese criterio y seguirán exentos 35 magistrados y funcionarios. Sólo pagan 53 designados desde el 2017, entre ellos el procurador, Jorge Crespo.

No habrá modificación en la Justicia de Río Negro en relación al actual apartamiento del pago del Impuesto a las Ganancias. El STJ resolvió que no aplicará el criterio de la Corte Suprema de gravar a los miembros del Poder con nuevos “nombramientos” a partir de 2017.

Ese tribunal adoptó esa postura en el último Acuerdo, liberando –en principio– a 35 magistrados y funcionarios que debían comenzar con el tributo ya que pasaron a ocupar otro cargo. Entre ellos, el fiscal general Fabricio Brogna y la vocal de Impugnación, Rita Custet.

Exentos totalmente persisten los haberes de los vocales del STJ. Sí abona Ganancias el Procurador, Jorge Crespo, que juró en enero de 2018. Suman 53 los magistrados con carga, pues ingresaron después de enero de 2017.

A fines de noviembre, la Corte rechazó una cautelar planteada por la Asociación de Magistrados de la Justicia Nacional, confirmando que la totalidad de los nombramientos están alcanzados por Ganancias.

Amparándose en una postura conjunta con sus pares, el STJ rionegrino concluyó que seguirá con la liquidación de Ganancias acotada a las designaciones de quienes no pertenecían al Poder, siempre a partir de enero del año pasado. Un argumento esgrimido –que se alinearía con la Junta de Cortes– es que la Corte todavía no resolvió la “cuestión de fondo” entonces las justicias provinciales seguirán esperando, con un reducido número de magistrados con esa carga. Actualmente, menos de un 10% de los magistrados lo abonan, considerando que llegan a 53 de un total cercano a los 600.

El impacto –por ahora, reducido– de Ganancias en la Justicia se inició con la ley Nº 27346, fijando que ese tributo alcanzará a “magistrados, funcionarios y empleados” judiciales de la Nación y de las provincias, cuando “su nombramiento hubiera ocurrido a partir de 2017”. Pero, rápidamente, se diferenció entre quienes formaban parte de aquellos incorporados al Poder. En ese sentido, a la Corte llegó una acción declarativa para precisar si “el concepto de nombramiento” debía ser “entendido como ingreso”, procurando apartar del gravamen a quienes ya pertenecían a la carrera judicial. Por lo pronto, esos integrantes siguieron exentos de la carga aunque lograran nuevos nombramientos en el Poder. Pero, la Corte entendió que sí debían ser alcanzados, por lo cual, se interpretó que ese criterio se extendería a la Justicia rionegrina. No será así.

La Corte resalta que la ley “resulta plenamente aplicable” para quienes pertenecen a la carrera judicial. “La misión más delicada del Poder Judicial –insiste– es la de mantenerse dentro del ámbito de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los otros Poderes ni suplir las decisiones que aquellos deben adoptar”.

“Los magistrados, honrados con un cargo que impone tan alta misión deben ser los primeros llamados a cumplir con la ley”.

Parte del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En números

Datos

“Los magistrados, honrados con un cargo que impone tan alta misión deben ser los primeros llamados a cumplir con la ley”.
53
funcionarios del Poder Judicial pagan impuesto a Ganancias en Río Negro por ingresar después de enero de 2017.

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