La Justicia dio curso al amparo presentado por el corte de servicio del Ipross

La medida busca la normal prestación de la obra social en la zona Atlántica por el corte de las clínicas privadas.

El juez civil de Viedma, Leandro Oyola, declaró admisible el amparo presentado por distintos gremios para que se normalicen las prestaciones de la obra social estatal Ipross.

El Sindicato de Empleados Judiciales de Río Negro, el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Viedma, la Unión de Trabajadores de la Educación, seccional Viedma; la Asociación de Empleados Legislativos de Río Negro y la CTA de los Trabajadores; patrocinados por el abogado Diego Sacchetti, presentaron la semana pasada una acción de amparo colectivo en el Juzgado Civil N° 3 de esta capital para pedir la “inmediata normalización” de la obra social provincial.

Desde la semana pasada los afiliados se quedaron sin atención en consultorios y la realización de todas las prácticas médicas en los centros privados de Viedma y San Antonio Oeste tras la rescisión del vínculo contractural por parte de la Cámara de Prestadores de la Salud de la zona Atlántica.

De esta manera, se puede iniciar el proceso de recolección de pruebas. El juez corrió traslado al Ipross y a la Fiscalía de Estado para que realicen su descargo. También se le dio intervención a la Defensora de menores.

En primer término el magistrado dio intervención al Ministerio Público, “quien se expidió favorablemente”. A la hora de resolver esta instancia inicial, el juez tuvo en cuenta el fallo “Halabi” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y previsiones del art. 43 de la Constitución Nacional e igual número de la Constitución Provincial los derechos presuntamente conculcados han de calificarse como los del segundo párrafo del art. 43 CN que en el fallo citado se identifican como de “una tercera categoría conformada por derechos de incidencia colectiva referentes a intereses individuales homogéneos” .


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