Regularon la actividad de los boliches en Huergo
Los menores de 17 años podrán permanecer hasta las 22 de los sábados y domingos. Se harán estrictos controles.
INGENIERO HUERGO (AVR).- El municipio de Huergo estableció nuevas regulaciones para el funcionamiento de los boliches bailables y las confiterías, a partir de una serie de quejas de los vecinos de la localidad.
Entre los puntos salientes, la norma establece un horario diurno de sábado y domingo para que concurran los jóvenes de entre 14 y 16 años, mientras que los viernes y sábados podrán abrir en horario nocturno, desde las 23 hasta las 6 del día siguiente para mayores de 17 años.
La ordenanza sancionada el 3 de marzo y puesta en vigencia en los últimos días, surgió a partir de una serie de quejas de vecinos de confiterías y locales bailables de las ciudad, quienes expresaron su malestar por los ruidos molestos y los inconvenientes que genera la presencia de los jóvenes durante su horario de descanso.
En este sentido, la ordenanza 275 fijó una prohibición de habilitación de nuevos locales bailables tanto en el radio urbano como en el suburbano; mientras que los que ya cuentan con habilitación, continuarán con su actividad normal -ajustada a la norma-, siempre que no existan sanciones por parte del juzgado municipal de faltas.
Una de las determinaciones más importantes de la norma es la división en dos turnos del funcionamiento de las confiterías y boliches de acuerdo a la edad de los que acuden.
En el primer turno, que será entre las 18 y las 22 los sábados y domingos, los menores de entre 14 y 16 años, podrán permanecer en estos locales; en tanto que para aquellos que ya tienen 17 años cumplidos o son mayores, podrán ingresar a estos locales a partir de las 23 y hasta las 6 de la mañana. El departamento de Bromatología y Salud Ambiental junto a la policía, tendrán facultades para
realizar inspecciones para determinar si se cumple con la ordenanza. A su vez se estableció que los propietarios o encargados de los locales bailables deberán garantizar la seguridad interna y externa, previéndose multas o clausuras por 30 días.
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