Reproches a la fiscalía y a la querella

NEUQUÉN (AN)- Los jueces previeron, en la sentencia, que los familiares de las víctimas no quedarían conformes. Pero defendieron su apego al Código Penal y responsabilizaron a la fiscalía y a la querella de fallar en su estrategia. El juez Alejandro Cabral dijo: “El alcohol disminuye la conciencia, por lo que quien bebe no puede apreciar la disminución de sus habilidades o capacidad de juicio (…) Muy difícilmente se pueda afirmar que Hermosilla Soto pensó en la posibilidad cierta de una tragedia y le fue indiferente el resultado (…) Al imputado no le era indiferente el resultado, sino que ni siquiera pensó que le pudiera pasar algo (…) Lo importante es la prevención y no el castigo desmedido. Y digo desmedido, porque no es lo mismo aquel que mata a una persona porque así lo quiere, que aquel que por irresponsable mata a una persona”. Por su parte Luis Fernández afirmó en su voto: “los jueces deben descartar la tentación de so pretexto de conformar el afán de parte de la comunidad y de los familiares de las víctimas de aplicar penas extremas, nos apartemos de la letra de la ley violando el principio de legalidad penal (…) El fiscal y el querellante simplemente afirmaron que Hermosilla Soto se había representado el resultado, asintió la realización del mismo y actuó, pero no nos proporcionaron las razones del porqué arribaron a tal conclusión”. Mario Rodríguez Gómez dijo: “La sanción solicitada por la acusación agravia el sentido común, los principios del proceso y los pilares que estructuran la culpabilidad (…) La obstinada preocupación de la fiscalía en probar la existencia de la picada, pese a que ya había sido definido en la instrucción, frustrando toda posibilidad que formara parte de la imputación, llevó a que errara su estrategia y demostrara la falta de solidez de su posición”.


NEUQUÉN (AN)- Los jueces previeron, en la sentencia, que los familiares de las víctimas no quedarían conformes. Pero defendieron su apego al Código Penal y responsabilizaron a la fiscalía y a la querella de fallar en su estrategia. El juez Alejandro Cabral dijo: “El alcohol disminuye la conciencia, por lo que quien bebe no puede apreciar la disminución de sus habilidades o capacidad de juicio (…) Muy difícilmente se pueda afirmar que Hermosilla Soto pensó en la posibilidad cierta de una tragedia y le fue indiferente el resultado (…) Al imputado no le era indiferente el resultado, sino que ni siquiera pensó que le pudiera pasar algo (…) Lo importante es la prevención y no el castigo desmedido. Y digo desmedido, porque no es lo mismo aquel que mata a una persona porque así lo quiere, que aquel que por irresponsable mata a una persona”. Por su parte Luis Fernández afirmó en su voto: “los jueces deben descartar la tentación de so pretexto de conformar el afán de parte de la comunidad y de los familiares de las víctimas de aplicar penas extremas, nos apartemos de la letra de la ley violando el principio de legalidad penal (…) El fiscal y el querellante simplemente afirmaron que Hermosilla Soto se había representado el resultado, asintió la realización del mismo y actuó, pero no nos proporcionaron las razones del porqué arribaron a tal conclusión”. Mario Rodríguez Gómez dijo: “La sanción solicitada por la acusación agravia el sentido común, los principios del proceso y los pilares que estructuran la culpabilidad (…) La obstinada preocupación de la fiscalía en probar la existencia de la picada, pese a que ya había sido definido en la instrucción, frustrando toda posibilidad que formara parte de la imputación, llevó a que errara su estrategia y demostrara la falta de solidez de su posición”.

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