Río Negro ya vigila de cerca residuos patológicos
Trece años después de sancionada la ley, llegó la reglamentación y la firma del decreto por el gobernador Saiz, que exige un registro de distintos centros médicos y consultorios que generan este tipo de residuos. A la par, Salud ya instrumentó un Manual de Manejo para instituciones públicas y privadas, incluidas las veterinarias.
VIEDMA (AV).- En Río Negro ya tiene plena vigencia el esquema de regulación y control de los residuos patológicos, que exigirá el registro de los distintos centros y consultorios médicos.
El avance en la implementación se corresponde con la reglamentación, que llega 13 años después de la aprobación de la ley 2.599, sancionada el 14 de abril de 1993. El decreto N 791 fue firmado por el gobernador Miguel Saiz el pasado 29 de agosto. El mismo reglamenta aquella ley de manejo de residuos patológicos, por lo cual se produce un gran paso «en la normatización, control y gestión de los residuos biopatogénicos generados por instituciones públicas y privadas, como hospitales, clínicas, farmacias y, entre otros, consultorios de medicina, de veterinaria y de odontología.
La vigencia de esta normativa se suma a políticas internas, como que Salud ya instrumentó un manual de manejo de residuos para los centros médicos públicos y, también, el próximo llamado a licitación para contratar a empresas privadas que retiren y procesen esos materiales contaminantes de los hospitales.
La ley 2.599 establece fuertes sanciones por incumplimientos de las condiciones exigidas. En principio, se prevé infracciones que oscilarían de 6.300 a 63.000 pesos. También, se considera la inhabilitación profesional, la clausura y el arresto de hasta 30 días.
Ahora, la reglamentación regula las obligaciones de los generadores, la recolección y el transporte de residuos biopatogénicos y de quienes sean habilitados para el tratamiento y la disposición final de los mismos.
Se exige inscribir en el registro que estructurará Salud, que extenderá las habilitaciones pertinentes.
Además, el decreto define «las características mínimas de los sistemas de almacenamiento transitorio y la obligación del generador a tratar sus propios residuos con tecnología adecuada y/o a contratar empresas de transporte y de tratamiento de residuos específicamente habilitadas».
Por otra parte, se fijan las condiciones de registro y los requisitos que deben cumplir las empresas que efectúen la recolección y transporte de residuos biopatogénicos. Salud establecerá «los requisitos que deben cumplir los sistemas de tratamiento y de disposición que sean utilizados, exigiendo a esas empresas su registro y habilitación».
El organismo responsable del registro y de la fiscalización se asigna en el Departamento de Saneamiento Ambiental del Ministerio de Salud.
La cartera sanitaria resaltó la reglamentación porque así Río Negro avanza «en la concreción de un sistema racional de manejo de residuos biopatogénicos», ya que el decreto «complementa otras políticas activas, como la implementación del Manual de Gestión de Residuos Biopatogénicos Generados en los hospitales, recientemente aprobado por Resolución Ministerial Nº 25. Ese manual promueve el manejo adecuado de esos residuos contaminantes en centros públicos, incluyendo separación y clasificación en origen, otorgando mayores niveles de bioseguridad al personal y un mejor aprovechamiento de los distintos sistemas de tratamiento y disposición final.
En Salud también se resaltó que la flamante reglamentación permite organizar la licitación pública para adjudicar a empresas el retiro y la recolección de los residuos biopatogénicos generados en los hospitales y puestos de salud, con su procesado final.
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite desde $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Comentarios