Roca: reducen a 5 años el plazo para exigir deudas

El Concejo aprobó cambios para las prescripciones.

Redacción

Por Redacción

ROCA (AR).- El municipio de Roca no podrá exigir una deuda por tasas más allá de los últimos cinco años, a menos que dentro de ese período haya intimado al contribuyente a reconocer su pasivo.

Así lo decidió ayer el Concejo Deliberante, tras aprobar una ordenanza que redujo a la mitad los actuales diez años previstos para declarar la prescripción de una deuda.

La norma fu e aprobada por unanimidad, durante una sesión que no se realizó en el habitual recinto de la calle Sarmiento sino en la escuela 223 del barrio Villa Obrera.

No obstante el consenso entre los bloques, trascendió que los cambios no contaron con todo el respaldo antes de llegar al debate legislativo.

Por caso, miembros del Tribunal de Cuentas advirtieron que esta reducción abriría paso para que se licúen compromisos impagos de vecinos con capacidad contributiva y nunca se viero presionados a pagar por la ineficiencia del Estado en su rol fiscalizador.

También hubo sorpresa entre los funcionarios de Hacienda ayer por la tarde, porque desde el mismo bloque del PJ les habrían asegurado que el proyecto no iba a ser votado en la sesión de la víspera, pero finalmente fue sancionado.

De todas maneras, el Ejecutivo cuenta con herramientas para modificar el sentido de la norma (a través de la reglamentación), sin olvidar que también está la posibilidad del veto por parte del intendente.

 

Igual que el Código Civil

El nuevo esquema responde, según se argumentó en la sesión de ayer, a la necesidad de ade

cuar el régimen tributario local al Código Civil de la Nación.

Además, no sólo en el país existe jurisprudencia sobre la imposibilidad de reclamar a un contribuyente una deuda superior a los cinco años: el mismo municipio roquense tuvo que acatar un fallo del Superior Tribunal de Justicia de la provincia donde se declaró la prescriptibilidad de un monto exigido por un compromiso originado cinco años después de la exigencia.

Para ejemplificar un caso tipo, fuentes de Hacienda y del bloque de la UCR explicaron que si un contribuyente no pagó nunca sus tasas en los últimos 12 años, el municipio deberá resignar el monto correspondiente a los primeros siete, siempre y cuando nunca haya intimado formalmente al deudor para que pague.

De haber existido un reclamo formal, la prescripción se suspenderá entonces por un año desde la fecha de notificación. En el mismo caso anterior, sólo se le podría exigir entonces seis años.

Otro dato importante a tener en cuenta es que el reconocimiento de la deuda por parte del contribuyente o la intimación vía judicial interrumpe la prescripción.

Esto quiere decir que si un vecino o empresa se acogió a un plan de pagos o moratoria por un pasivo superior a un quinquenio, deberá seguir cumpliendo hasta cancelar el total del monto impago.


ROCA (AR).- El municipio de Roca no podrá exigir una deuda por tasas más allá de los últimos cinco años, a menos que dentro de ese período haya intimado al contribuyente a reconocer su pasivo.

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