Buscan implementar la licencia laboral por violencia de género en Roca

La propuesta nació del gremio de los trabajadores muncipales, ATM, y fue ingresada por el PRO al Concejo Deliberante.

La Asociación de Trabajadores Municipales (ATM) presentó en noviembre de 2017 un proyecto de ordenanza que buscaba contemplar las situaciones de violencia de género que sufren la mujeres que trabajan en el municipio roquense.

La propuesta fue elevada al Poder Ejecutivo y al Concejo Deliberante, pero nadie lo tuvo en cuenta.

Luego de una publicación en el periódico “La Comuna”, sobre las propuestas de ATM, fue el concejal del PRO, Gabriel Giayetto quien tomó el guante y, luego de algunas modificaciones, lo presentó en comisión parlamentaria.

El tema será parte del orden del día de este martes en el Concejo Deliberante para luego continuar el camino hacia la comisión de gobierno, posiblemente para la primera semana de junio.

El secretario general de ATM, Carlos Bichara, manifestó que la violencia de género no sólo se ve en el hogar de las trabajadoras, sino con compañeros del mismo municipio y es por eso que el tema debe ser tratado en profundidad.

En el proyecto del gremio se pide fundamentalmente que se contempla un “régimen de licencias para mujeres que denuncien violencia de género”. “Nuestra idea es que no sólo se le brinde una licencia a la personas víctimas de violencia de género, sino que se pueda visibilizar el problema y se acompañe a esa mujer. Hay ocasiones en que ellas reciben violencia en su casa y no pueden ir a trabajar y al faltar se la castiga descontándoles el día”, aseguró Bichara.

Sobre la base de esta iniciativa el concejal Gabriel Giayetto presentó el proyecto que entre otras cosas contempla:

– Establecer dentro del estatuto municipal un régimen de licencia especial con goce de haberes para el personal del género femenino, que se desempeña en cualquier dependencia de la municipalidad y que sean víctimas de hechos de violencia de género.

– Violencia directa: Se entiende por violencia de género “toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también en el ámbito de su seguridad personal”.

– También se contemplan las conductas violentas ejercidas desde el mismo Estado o por sus agentes.

Violencia indirecta: se considera a toda conducta discriminatoria o que pongan en desventaja a la mujer respecto al varón, conforme a lo dispuesto en la Ley provincial 5086.

– Por violencia de género, la licencia se otorgará con la mera invocación y comunicación por cualquier medio, debiendo en un plazo no mayor a 48 horas hábiles acompañar certificación emitida por profesionales de la salud o de servicios de atención y asistencia a las víctimas de violencia de género.

El plazo de la licencia será de noventa (90) días al año, pudiendo ser ampliada por la Dirección de Salud Laboral de acuerdo a la evaluación que ésta realice del caso”.

-El Poder Ejecutivo Municipal deberá realizar las gestiones y arbitrar lo necesario para garantizar herramientas, medidas y recursos a los fines de brindar contención a las agentes que hagan uso de la licencia.

La Dirección de Recursos Humanos deberá llevar informes y estadísticas cuantitativas, que se elevarán a pedido de la secretaría de Gobierno, del Concejo Deliberante y de la secretaría de Género de los gremios municipales.


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