Sanciones correctivas

El proyecto de ley propone sanciones de orden correctivo. Van desde apercibimientos hasta cesantías o exoneraciones. También ataca donde más duele: el bolsillo porque contempla la aplicación de multas entre un 10 y 20% del sueldo del infractor y una indemnización en un porcentual similar.

La iniciativa define a la violencia laboral como la acción ejercida en el trabajo por el empleador, personal jerárquico o un tercero vinculado directa o indirectamente al trabajador o trabajadora que atente contra su dignidad, integridad física, sexual, psicológica o social mediante amenaza, intimidación, abuso de poder, iniquidad salarial, acoso, maltrato físico y psicológico sin perjuicio de las conductas definidas en la legislación nacional.

El ámbito de aplicación será en los tres Poderes del Estado rionegrino, organismos descentralizados, empresas del Estado y en las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria.

Como maltrato psíquico y social incluye a las acciones de bloquear constantemente iniciativas, generando aislamiento; cambiar de oficina o lugar habitual de trabajo con ánimo de separarlo de sus compañeros o colaboradores más cercanos; prohibir a los empleados que hablen con él o ella; obligar la ejecución de tareas denigrantes; juzgar de manera ofensiva su desempeño; asignar misiones sin sentido y encargar trabajos imposibles de realizar, entre otros.

Interpreta como acoso a la acción persistente y reiterada de incomodar con palabras o gestos en razón de su género u orientación sexual, ideológica, etc.

En este mismo lugar ubica circunstancias que impliquen distinción, exclusión, restricción o menoscabo de la dignidad humana.

La iniciativa considera como acoso sexual la conducta reiterada de asedio u hostigamiento de naturaleza sexual o de otros comportamientos basados en el sexo ejercida por el empleadora, superior jerárquico, así como toda conducta ofensiva y amenazante que resulte inaceptable, indeseable e irrazonable para la víctima.

Al Estado como empleador le asigna una serie de obligaciones, entre ellas, la de garantizar un procedimiento administrativo adecuado y efectivo tendiente al cumplimiento de los objetivos de este proyecto y agrega que para tal fin deberá resguardar la exposición, confidencialidad y el derecho de defensa en ese proceso. (AV)

Nota asociada: Pocos se animan a denunciar la violencia laboral

Nota asociada: Pocos se animan a denunciar la violencia laboral


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios