Sanciones y multas por no votar

VIEDMA (AV).- Quienes no votaron en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias y no justificaron esa abstención quedarán sujetos a sanciones y multas. Según la normativa, los infractores que quedarán incluidos en el Registro respectivo no podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Además el infractor que no pagare la multa no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales. Respecto de la multa, la Ley fijó en 50 pesos en el caso que un ciudadano no haya votado –ni justificado– en uno de los actos electorales –primarias del 11 de agosto o generales del 27 de octubre 2013–. El monto de la segnda infracción será de 100 pesos que se acumularán a los 50 de la primera infracción. La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco Nación y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la Justicia Nacional Electoral.


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