Se regulan la inversión, el rol de las provincias y el financiamiento

Proyecto aprobado abarca aspectos del mercado hidrocarburífero

BUENOS AIRES (DyN).- La ley de expropiación de acciones de YPF declara al autoabastecimiento de hidrocarburos “de interés público nacional”, para garantizar “el desarrollo económico con equidad social, la creación de empleo, el incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y el crecimiento equitativo y sustentable de las provincias y regiones”. En tal sentido, se fijan como principios la conversión de los recursos hidrocarburíferos en reservas comprobadas, las alianzas estratégicas del capital público y privado, la maximización de las inversiones, la incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de gestión y la promoción de la industrialización y la comercialización de los hidrocarburos con alto valor agregado. • También se apunta a la protección de los intereses de los consumidores y la obtención de saldos exportables para el mejoramiento de la balanza de pagos. • Se crea el Consejo Federal de Hidrocarburos, integrado por los ministerios de Economía, Planificación, Trabajo e Industria y representantes de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el propósito de promover la actuación coordinada de las jurisdicciones. • Se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el 51% de las acciones Clase D de Repsol en YPF, que se distribuirán a su vez en un 51% (26,01% del total) para el Estado Nacional y un 49% (24,99% del total) entre las provincias integrantes de la Ofephi. La expropiación de acciones es por causa de utilidad pública y se prohibe su transferencia futura sin autorización del Congreso votada por las dos terceras partes de sus miembros. La cesión de los derechos políticos y económicos de las acciones sujetas a expropiación, que efectúe el Estado nacional a favor de las provincias integrantes de la Ofephi contemplará el ejercicio de los derechos accionarios correspondientes a ellas en forma unificada por el plazo mínimo de 50 años a través de un pacto de sindicación de acciones. • La designación de los directores se efectuará en proporción a las tenencias del Estado nacional, de los estados provinciales y uno en representación de los trabajadores. • El precio de los bienes sujetos a expropiación lo fijará el Tribunal de Tasaciones de la Nación. • La empresa seguirá operando como una sociedad anónima abierta y no se le aplicarán normas administrativas de las empresas del sector público. Asimismo, su gerenciamiento se realizará a través de una gestión profesionalizada.


Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Certificado según norma CWA 17493 <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios