La multaron por manejar en ojotas ¿acá se pueden usar?

Aunque el caso de Mendoza hizo popular el tema, lo cierto es que está prohibido hace años.

Gentileza

Esta semana, un hombre fue multado por $1200 por manejar en ojotas en Mendoza. UY lo que en principio pareció una exageración, no es más que la aplicación de una ley de tránsito.

“Río Negro” consultó a Alberto Gómez, director de Tránsito de General Roca, que confirmó que la ley se aplica también en la región. “El calzado debe ser ajustado al pie”, remarcó Gómez. “Eso es lo que dice la ley”. Y explicó que esos controles pueden hacerse en la región, igual que ocurrió en Mendoza, “aunque habitualmente no controlamos el calzado”.

¿Qué dice la ley de tránsito?

Que los conductores deben “usar calzado apropiado, apto para el manejo y control de los pedales”. También aclara que “debe ser cerrado y de suela antideslizante”, y que “solo se permite calzado abierto si ajusta todo el pie”.

No es que la ley prohiba específicamente el uso de ojotas. Pero lo cierto es que no se corresponde con lo que propone la ley.

Esto quiere decir que cualquier tipo de calzado abierto, como una ojota o una sandalia, hará que el conductor pierda el contacto ideal con los pedales. Así, podría realizar una presión extra con el pie y eso generaría maniobras bruscas.

Tampoco debería usarse zapatos con taco, ya que es habitual ver accidentes causados porque el taco impide pasar del pedal del acelerador al freno o viceversa.

A su vez, los especialistas recomiendan no manejar descalzos, ya que los pies no tienen buena adherencia a los pedales. Si no tienen un buen agarre, la pisada podría ser problemática. Sin calzado, la sensibilidad es otra.


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