Tarifas: la audiencia ya tiene fecha y los aumentos llegarían en octubre

Las decisiones que tome serán “no vinculantes”, por lo que el gobierno podría volver a aplicar las subas que fueron frenadas en la Justicia.

A menos de 24 horas del fallo de la Corte Suprema, el Gobierno acató y la audiencia pública por la tarifa del gas ya tiene fecha y lugar: será el 12 de septiembre en La Usina del Arte, un centro cultural y sala de espectáculos de la Ciudad de Buenos Aires. La tan mentada audiencia será organizada y presidida por Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y, en ella se debatirá el traslado a tarifas de los precios de gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte – o “precio del gas en boca de pozo”- y las tarifas transitorias del transporte y distribución del servicio. Los aumentos llegarían en octubre.

De no tener ninguna a tener varias los próximos meses. Según la resolución de Enargas publicada ayer en el Boletín Oficial, las nuevas tarifas estarán vigentes hasta la aprobación definitiva de los cuadros tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral (RTI). Apenas conocido el fallo, el ministro de Energía, Juan José Aranguren, había anunciado en conferencia de prensa en la Casa Rosada que habrá una RTI en octubre, con proceso de audiencia pública incluida. Eso sin contar que la audiencia de septiembre para el gas se replicaría en octubre para el servicio eléctrico.

“La duración de la audiencia depende de quienes quieran exponer. Si hay diez mil anotados se verá cómo se organiza, habrán prioridades, pero no hay límites de cuánto puede durar y a ningún orador puede obligárselo a hablar menos de 5 minutos, que es el mínimo al que tienen derecho”, dijo a este diario Osvaldo Riopedre, abogado de la Asociación de Defensa de Usuarios y Consumidores (Adecua).

En cumplimiento del fallo de la Corte, el Ministerio de Energía y Minería instruyó al Enargas a que “disponga las medidas necesarias” para “que las prestadoras del servicio público de distribución de gas natural por redes de todo el país apliquen a los usuarios residenciales los cuadros tarifarios vigentes al 31 de marzo de 2016”.

En consideración a quienes los últimos meses recibieron las boletas con aumentos, pero se negaron a pagarlas, la resolución del Ministerio, establece que “los montos no abonados por los usuarios de cualquier categoría, por consumos efectuados a partir del 1 de abril de 2016”, podrán pagarse hasta en “cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago. La primera de ellas, con vencimiento en el mes de septiembre de 2016”. Sin embargo, luego de que se lleve a cabo la audiencia pública que ordenó la Corte, deberán empezar a pagar la tarifa con aumentos a partir de octubre. Es más, considerando que la audiencia no es vinculante, lo más probable es que el Gobierno intente aplicar los mismos aumentos discutidos durante casi 5 meses, con el tope de 400%.

El ministro de Justicia, Germán Garavano, reconoció ayer que en el gobierno cometieron un error al no haber convocado antes a audiencias públicas. En otras declaraciones, criticó, sin embargo, que “el fallo de la Corte tiene una serie de contradicciones” (ver página 4).

El jueves, tras el fallo, Mauricio Macri dejó al mismo Garavano, al jefe de Gabinete, Marcos Peña y al ministro Aranguren , a cargo de comunicar la postura oficial y evitó dar opinión personal sobre el tema.

El presidente pasó el viernes recluido en Olivos en la Quinta presidencial y sin participar de actos públicos. Se reunió allí mismo con la vicepresidente, Gabriela Michetti, y con los ministros de Hacienda, Alfonso Prat-Gay, y de Interior, Rogelio Frigerio. Se espera que pronto se refiera al tema que le causó más de un dolor de cabeza.

Qué ordenó

la Corte Suprema

El tribunal resolvió por unanimidad:

Que para la fijación de tarifas de gas la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio.

La necesidad de audiencias alcanza tanto la parte de la tarifa que corresponde al transporte y distribución del servicio como, en este caso, para el precio de ingreso al sistema de transporte (Pist)
–o sea, precio del gas en boca de pozo–.

Se confirma el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de La Plata que declaró la nulidad de las resoluciones del Ministerio de Energía que habían establecido los aumentos.

La decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales y el valor de las tarifas deben retrotraerse al cuadro tarifario anterior a los aumentos.

El fallo no alcanza a los usuarios del sector industrial y comercial, para los que el aumento seguirá vigente.

Datos

despues del fallo

Lo dispuesto judicialmente debe ser complementado con medidas dirigidas a paliar la situación de los usuarios no residenciales, no alcanzados por el fallo del máximo tribunal”.

Comunicado de la Cámara Argentina de Comercio (CAC)

Datos

12.000
millones de pesos es la estimación que hacía el gobierno ayer sobre el costo fiscal del fallo de la Corte.
80.000
millones de pesos pensaba ahorrar el gobierno en subsidios con los aumentos a hogares, comercios e industria.

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