Tras el revés en la Corte, el gobierno llama a audiencias por la tarifa del gas
El tribunal dijo ayer que la audiencia es obligatoria, ordenó que se anulen las subas para el consumo en los hogares y confirmó la vigencia de la tarifa social.
La Corte Suprema definió y el gobierno acató de inmediato. El Ejecutivo anunció que convocará a audiencias públicas en tres semanas y ya le ordenó a las empresas prestadoras del servicio de gas natural emitir las nuevas facturas con el cuadro tarifario anterior a los aumentos. El máximo tribunal finalmente se pronunció y, aunque significó un duro revés para el gobierno, muchos lo interpretaron como un fallo salomónico: destacó la obligatoriedad de las audiencias públicas y anuló el aumento del gas para los usuarios residenciales, pero no criticó la magnitud de las subas y dejó fuera al sector industrial y comercial, para el que seguirá vigente el aumento.
El primer punto del fallo es claro: “Para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio”. Así, los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton y el flamante Horacio Rosatti resolvieron por unanimidad que las tarifas deban ser retrotraídas a los valores vigentes antes del aumento dispuesto por las resoluciones del Ministerio de Energía del 28 y 29 de marzo. El gobierno ya informó que a los usuarios les llegará una nueva factura acorde al fallo de la Corte y, quienes ya hayan pagado el aumento, tendrán una nota de crédito a su favor.
Los magistrados también dictaminaron que la tarifa social para los sectores más humildes continuará vigente y anoticiaron al Congreso de la necesidad de cubrir el cargo de defensor del Pueblo, vacante desde 2009.
La respuesta del gobierno -con intento de mostrar optimismo- estuvo a cargo del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Energía, Juan José Aranguren, quienes dieron una conferencia de prensa en la Rosada a la que se sumó luego el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano. Apenas conocido el fallo, horas antes, habían mantenido una reunión en Gobierno de la que también había participado el ministro de interior Rogelio Frigerio.
Peña ratificó que para comercios, industrias, Pymes y usinas generadoras de electricidad (que representan alrededor del 75% del consumo de gas natural) los aumentos se mantienen desde que fueran puestos en vigencia el 1° de abril de este año.
Varios legisladores nacionales aseguraron a este diario que, como el máximo tribunal no se pronunció al respecto, en el sector industrial-comercial la situación podría rejudicializarse. Pero, para Garavano, “la cuestión quedó zanjada”.
El fallo podría tener más costo político que fiscal: Peña no informó cuánto costará al Estado dar marcha atrás con los aumentos, pero admitió que tendrá un impacto fiscal “menor” al que se esperaba y que los fondos podrían provenir de un recorte “de la obra pública”. Fuentes de Hacienda dijeron sin embargo que habría que emitir unos $20.000 millones adicionales de deuda para cubrir el agujero (ver página 3).
A diferencia de la procuradora Alejandra Gils Carbó, quien sí criticó el porcentaje de los aumentos en el dictamen que elevó a la Corte el día anterior, el máximo tribunal resolvió que el Poder Judicial no puede fijar tarifas, y no hizo referencia a la magnitud de las subas.
En contra de la interpretación del gobierno, los jueces resolvieron que la audiencia pública previa es un requisito esencial no sólo para modificar el precio del transporte y distribución de gas, algo que el Ejecutivo admitía, sino también el precio en boca de pozo.
“La Corte clarifica que tiene que haber audiencia pública informativa”, interpretó Peña y, paradójicamente, celebró que el fallo termine “con cierta incertidumbre”. Además, confirmó que las reuniones se harán en tres semanas.
Aranguren anticipó que “el cuadro que se va a presentar es el que hemos intentado aplicar en estos meses con las modificaciones que se consideren por aportes de otros miembros de la sociedad”, y aseguró en el mismo sentido: “En la audiencia pública que vamos a hacer, recibiremos todos los comentarios sobre la base del cuadro tarifario que establecimos”.
El ministro también destacó que en octubre se hará la “revisión tarifaria integral” y que, entonces, “se va a poder conocer qué inversiones harán las empresas para mejorar el servicio”. Asimismo, anticipó que abarcará además a la electricidad, cuyo aumento está suspendido por medidas cautelares y será seguramente un nuevo tema central de la Corte.
Qué hay que hacer después del fallo
La Corte anuló los aumentos de gas para los usuarios residenciales.
Quienes no pagaron las boletas con aumento, sólo deberán esperar las nuevas facturas de las empresas, que vendrán sin las subas que había establecido el gobierno.
A quienes sí pagaron las boletas con aumento tarifario, las empresas concesionarias deberán otorgarles una nota de crédito con saldo a favor que se le irá descontando.
Para comercios e industrias por ahora se mantiene el cuadro tarifario con los aumentos.
La Corte ratificó la vigencia de la tarifa social, que permite a los usuarios beneficiarios, pagar alrededor del 25% del monto total.
“El fallo termina con cierta incertidumbre que se generó en estos cuatro meses y ratifica que la tarifa anterior está vigente”.
Marcos Peña,
jefe de Gabinete.
“El cuadro que se va a presentar es el que hemos intentado aplicar, con las modificaciones que se consideren de la sociedad”.
Juan José Aranguren,
ministro de Energía.
“Confirmar parcialmente la sentencia, decisión que se circunscribe al colectivo de usuarios residenciales”.
“Mantener, respecto de ellos,
la tarifa social correspondiente al cuadro tarifario aquí examinado”.
“Para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio”.
Fallo de la Corte Suprema de Justicia.
Fallo por las subas
Datos
- “El fallo termina con cierta incertidumbre que se generó en estos cuatro meses y ratifica que la tarifa anterior está vigente”.
- “El cuadro que se va a presentar es el que hemos intentado aplicar, con las modificaciones que se consideren de la sociedad”.
- “Confirmar parcialmente la sentencia, decisión que se circunscribe al colectivo de usuarios residenciales”.
- “Mantener, respecto de ellos,
la tarifa social correspondiente al cuadro tarifario aquí examinado”. - “Para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio”.
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Comentarios