Tres años de prisión por abusar de su hija

La condena fue efectiva para un hombre de Viedma que también fue declarado reincidente. Los hechos ocurrieron en diciembre de 2009 en la casa de una abuela.

VIEDMA (AV).- Tres años de prisión efectiva fijó la Justicia de Viedma para un hombre que abusó sexualmente de una de sus hijas. Esta es la segunda sentencia por este delito que le dicta la Cámara del Crimen de esta capital. El tribunal integrado por los jueces de la Sala A Eduardo Giménez, Pablo Estrabou y Francisco Cerdera (estos dos últimos en calidad de subrogantes) condenó a un hombre de 46 años, domiciliado en Viedma, a la pena de tres años de prisión efectiva. Además el imputado -cuyo nombre y apellido se reserva para evitar que sea identificada la víctima- fue declarado reincidente por primera vez. Se lo condenó por resultar autor material y penalmente responsable del delito de “abuso sexual agravado por el vínculo y la convivencia”. Fue en el marco de un juicio abreviado en el que el hombre aceptó la autoría del hecho, la calificación y la pena. La audiencia se realizó a puertas cerradas para el público y además de los jueces y el imputado asistieron el fiscal de Cámara, Juan Ramón Peralta; la asesora de Menores, Patricia Arias y el defensor oficial Marcelo Chironi. El hecho denunciado ocurrió en diciembre de 2009, pasadas las 14:30, cuando su hija menor de edad regresó a casa. El imputado habría aprovechado la situación de convivencia y la oportunidad de que la madre de la chica no se encontraba en la casa. Fue entonces que el padre llevó a su hija hasta la vivienda aledaña que ocupaba su abuela y en la habitación perteneciente a otro hijo suyo, de 16 años, abusó de la menor, sin acceso carnal, al tiempo que la amenazaba. El tribunal consideró que este hecho denunciado se encuentra certeramente acreditado tanto como la responsabilidad penal del imputado. Además los jueces interpretaron que las manifestaciones de la víctima fueron corroboradas por las testimoniales ofrecidas por su madre, otros familiares y el personal docente de la escuela donde concurría la niña, “quienes no hacen más que ratificar los dichos de aquella”. En el fallo también fueron considerados los informes de la Unidad de Violencia Familiar del Hospital Zatti, del Cuerpo Médico Forense y de la versión de los hechos vividos por la víctima relatados en la diligencia de Cámara Gesell.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios